Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/11/2016

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 27 de octubre de 2016
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza ARTÍCULO 1.- MODIFICAR los artículos 5º y 7º de la Ordenanza 4279, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
Artículo 5º: Los titulares de micro emprendimientos autorizados según el Artículo 2º, Inciso a, gozarán de un tratamiento tributario diferencial por el término de veinticuatro 24 meses a partir de su registro, pudiendo el Departamento Ejecutivo extenderlo por seis 6 meses más, según que el proyecto presentado así lo justifique, de acuerdo a lo que recomiende la Comisión creada por el Artículo 2º de la presente Ordenanza..Artículo 7º: DISPONER como estímulo a la inserción de este sector en el segmento formal de la economía:
a Veinticuatro 24 meses de exención del monto mensual a tributar fijado por la Ordenanza Tarifaria, para la contribución que incide sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios.
b A partir del vigésimo quinto 25º mes, contado desde la fecha de inscripción en el Registro del Artículo 3º y hasta el trigésimo30º mes inclusive, tributarán la Tasa fijada por la Ordenanza Tarifaria, vigente en ese momento, para el Régimen Especial de la Contribución que incide sobre la actividad
Noviembre de 2016

Comercial, Industrial y de Servicios.
c A partir del trigésimo 30º mes, tributarán de acuerdo a las normas reguladas para la Contribución que incide sobre la actividad Comercial, Industrial.-
ARTÍCULO 2.- GIRAR al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.ORDENANZA Nº 6166

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 07 de noviembre de 2016
V I S TO : L a O r d e n a n z a N 6 1 6 6
sancionada por el Concejo de Representantes el día 27 de octubre de 2016, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de ese Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N 6166 sancionada por el Concejo de
Publicado: Noviembre de 2016
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/11/2016

TitoloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaeseArgentina

Data17/11/2016

Conteggio pagine12

Numero di edizioni383

Prima edizione01/01/2015

Ultima edizione17/05/2024

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