Boletín Oficial de Navarra del 26/3/2019

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 26 de marzo de 2019
habilidades personales, de igualdad de género, de planes de formación, de posible incorporación personas con dificultades de integración social, de condiciones laborales, etc., como contribución al aumento del grado de satisfacción laboral, a la mejora en el rendimiento profesional, al sentimiento de pertenencia a la entidad, y a la calidad del servicio prestado a personas y familias.
Con esta XII convocatoria del Premio se pretende reconocer públicamente el trabajo de aquellas entidades en las que se han implementado buenas prácticas en los sentidos expuestos anteriormente y que, por tanto, trabajan día a día para mejorar la calidad de los Servicios Sociales.
Por todo ello, la finalidad del premio se mantiene y sigue siendo la de divulgar y publicitar las buenas prácticas centradas en la atención a las personas y la calidad en el empleo y/o en la mejora de la gestión de las organizaciones, con el fin de que se extiendan a otros ámbitos y sirvan de acicate a otras entidades y centros.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente, y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de julio por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.
ORDENO:
1.º Convocar el XII Premio a las Buenas Prácticas en Calidad de los Servicios Sociales de Navarra, con arreglo a las bases reguladoras que seguidamente se exponen.
2.º Autorizar un gasto de 6.500 euros con cargo a la Partida 900009
92200 2266 231000 Jornadas Difusión de Calidad del presupuesto de gastos para el 2019.
3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
4.º Trasladar esta Orden Foral al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica y a su Centro Contable y al Servicio de Calidad e Inspección, a los efectos oportunos.
Pamplona, 25 de febrero de 2019.El Consejero de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.
BASES REGULADORAS
Uno.Objeto.
El XII Premio a las Buenas Prácticas en Calidad de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, pretende premiar a las entidades, que prestan Servicios Sociales en Navarra, que hayan implementado buenas prácticas persiguiendo la mejora de la calidad tanto en la atención de las personas usuarias como en la calidad en el empleo y mejora de la gestión de sus organizaciones.
A los efectos de esta convocatoria se entienden por buenas prácticas, aquellas consistentes en experiencias, programas o proyectos consolidados e implantados, a través de los cuales se consigue mejorar la calidad de los servicios prestados y/o la resolución de un problema o necesidad detectada.
Dos.Destinatarios.
Podrán participar en esta convocatoria las entidades públicas y privadas, con y sin ánimo de lucro, que intervengan en el marco de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.
Tres.Premios.
Se concederá un premio en metálico de 6.000 euros.
Cuatro.Plazo, presentación y formalización de las candidaturas.
1.Las solicitudes se ajustarán al modelo que se recoge en la sede electrónica navarra.es.
2.El plazo de presentación de candidaturas concluirá el 13 de septiembre de 2019.
3.La presentación de candidaturas, dirigidas al Servicio de Calidad e Inspección, se harán en sede electrónica, así como en el registro del Departamento de Derechos Sociales, en la Calle González Tablas de Pamplona. Igualmente se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.Una vez recibidas las candidaturas y cerrado el plazo de admisión, éstas podrán ser sometidas a una preselección por la organización, trasladándose las memorias al Jurado que posteriormente fallará el Premio.
Cinco.Candidaturas y documentación requerida.
1.La candidatura se cumplimentara en el modelo de solicitud normalizado, debidamente cumplimentado en todos sus términos, disponible en la sede electrónica de Navarra.es.

Número 58 - Página 3937
2.Dicha candidatura se acompañará de:
a Memoria descriptiva de la buena práctica, redactada según el modelo normalizado y accesible en sede electrónica de Navarra.es.
La memoria se presentará en formato A4, mecanografiada a interlineado sencillo en letra Arial paso 11, con una extensión máxima de 20
páginas, y en soporte informático formato Word. Las candidaturas que excedan las 20 páginas quedarán excluidas. Las memorias no podrán contener anexos.
La memoria se estructurará en los apartados siguientes:
Presentación de la entidad.
Resumen: síntesis del contenido de la memoria máximo 20 líneas.
Diagnóstico previo: necesidades detectadas, áreas de mejora, objetivos a conseguir, herramientas y métodos de evaluación.
Contexto del proyecto: descripción de los servicios o procesos implicados, personas o unidades implicadas, recursos materiales y económicos empleados.
Proceso de implementación: Descripción de las diferentes fases necesarias para poner en funcionamiento la buena práctica en la organización enfoque y despliegue de las acciones.
Resultados: mejoras alcanzadas e indicadores utilizados para su valoración, resultados medidos, tendencias y medición de la satisfacción de las personas usuarias.
Innovación y adaptabilidad: carácter innovador, transferible a otras organizaciones.
b Autorización certificada para la reproducción y difusión de las buenas prácticas presentadas.
3.No se tomarán en consideración prácticas que hayan sido premiadas en otros concursos.
4.No se admitirán candidaturas que hayan sido premiadas en las dos últimas ediciones de este Premio.
Seis.Jurado.
1.Compondrán el Jurado:
El Consejero de Derechos Sociales.
El Vicepresidente de la Fundación Tomás y Lydia Recari García.
Tres personas de reconocido prestigio tanto a nivel social como en el ámbito de la calidad y los Servicios Sociales, designadas de común acuerdo por la Dirección General de Observatorio de la realidad social, de planificación y de evaluación de las políticas sociales y la Fundación Tomas y Lydia Recari García, actuando una de ellas como Presidente del Jurado.
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el Director del Servicio de Calidad e Inspección del Departamento de Derechos Sociales.
La composición del Jurado se hará pública junto con el fallo del mismo.
2.El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en el Capítulo III del Título III de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
3.El jurado podrá solicitar a los participantes las aclaraciones que considere necesarias para la evaluación de las candidaturas, así como efectuar visitas in situ a las entidades candidatas.
4.El jurado podrá incorporar asesores técnicos en el caso que lo considere oportuno.
Siete.Criterios de valoración.
1.En sus deliberaciones para formular la propuesta de concesión, el Jurado aplicará los siguientes criterios:
Mejoras en el bienestar biopsicosocial de las personas destinatarias:
seguridad, eliminación de sujeciones, diseño de unidades de convivencia integradas en los centros residenciales, diseño de espacios diferenciados para favorecer la interacción, espacios para la intimidad o el desarrollo de la afectividad; cambios organizativos en los centros, en los servicios o programas para dar respuesta a las necesidades y preferencias de la persona usuaria.
Ejercicio efectivo de derechos: a recibir una atención personalizada, a la intimidad y privacidad en la vida cotidiana, a la participación, etc.
Desarrollo personal: formación, fomento de habilidades, ocio, etc.
Promoción de la independencia y autonomía personal a través del fomento de las capacidades de cada persona usuaria, y la potenciación de su toma de decisiones.
La promoción de la autonomía personal con posibilidad real de hacer elecciones y tomar decisiones será criterio preferente. El Jurado valorará especialmente aquellas buenas prácticas que den un papel primordial a las personas en la toma de decisiones sobre sus propias vidas.
Fomento de las relaciones interpersonales y de la inclusión social usuarios, familiar, sociedad.
Creación de grupos de trabajo interdisciplinares para identificar acciones de mejora.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Navarra del 26/3/2019

TitoloBoletín Oficial de Navarra

PaeseSpagna

Data26/03/2019

Conteggio pagine18

Numero di edizioni4838

Prima edizione02/03/2001

Ultima edizione14/06/2024

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