Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 4

Sábado, 5 de enero de 2019

aplicables; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Murcia; lo dispuesto en la presente convocatoria y supletoriamente, por las restantes normas de derecho administrativo que pudieran ser de aplicación.
1.3. El proceso de selección constará de las fases de oposición y de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos en las fases de oposición y concurso.
1.6. El primer ejercicio de la fase de oposición no comenzará antes del día 1
de abril de 2019, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1.
el lugar y la fecha de realización.
1.7. Con los aspirantes que superen el ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado publicará Resolución que contenga la puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso.
1.8. La lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas será el castellano.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública Art. 56 del EBEP y, en particular:
a Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el Art. 57 del EBEP.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes certificados por las autoridades competentes de su país de orígen traducidos al castellano.
b Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c De conformidad con la disposición adicional sexta del EBEP, no es necesario acreditar la posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.
NPE: A-050119-114

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/1/2020

TitoloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaeseSpagna

Data07/01/2020

Conteggio pagine216

Numero di edizioni12583

Prima edizione10/07/1982

Ultima edizione19/06/2024

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