Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 4/12/2023

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Lunes, 4 de diciembre de 2023

Núm. 138

ejemplaridad, honestidad, generosidad, sabiduría, valor, todos ellos puestos en relación con el servicio público.
4. Con la sola excepción del Jefe del Estado, no podrán adoptarse acuerdos que otorguen honores o distinciones a personas que desempeñen altos cargos en la Administración y respecto de los cuales se encuentren las corporaciones en relación subordinada de jerarquía, función o servicio, y en tanto subsisten estos motivos. Tampoco podrán concederse honores y distinciones a los miembros de la corporación que se hallen en el ejercicio del cargo, ni a los funcionarios al servicio del Ayuntamiento.
CAPÍTULO II. Del título de Hijo/a Predilecto/a Artículo 3
El título de Hijo/a Predilecto/a de la villa de Almazán, constituye la mayor distinción otorgada por este Ayuntamiento, por lo que se hace necesario en beneficio de su prestigio, observar el máximo rigor en su concesión.
Artículo 4
1. La concesión del título de Hijo/a Predilecto/a recaerá en aquellas personas físicas que, por sus destacadas cualidades personales o méritos señalados, y singularmente por sus servicios de beneficio, mejora u honor de Almazán, hayan alcanzado tan alto prestigio y consideración general indiscutible en el ámbito público.
2. El título de Hijo/a Predilecto/a podrá concederse a título póstumo a quienes reúnan las condiciones y merecimientos mencionados.
3. El título de Hijo/a Predilecto/a constituye la primera y mayor distinción que el Ayuntamiento de Almazán puede otorgar y, por tanto, y para que mantenga todo su prestigio, habrá de observarse en su concesión el máximo rigor y la mayor restricción posible.
Artículo 5
1. La concesión del título de Hijo/a Predilecto/a habrá de ser acordada, previo expediente acreditativo de sus merecimientos, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia o a petición conjunta de un número de concejales no inferior a la tercera parte de los miembros que legalmente lo constituyen, por el Ayuntamiento en Pleno con el voto favorable de la mayoría absoluta legal de miembros de la corporación.
2. Una vez aprobada la concesión del título de Hijo/a Predilecto/a, la Alcaldía-Presidencia acordará la fecha en que habrá de reunirse de nuevo para hacerle entrega del título y de la insignia que acrediten la distinción otorgada, en sesión solemne, organizada según disponga el Ayuntamiento y convocada a ese único efecto. La convocatoria para entrega de distinciones en este caso será individualizada, entendiéndose un único acto para cada personalidad distinguida. El acto se desarrollará, preferiblemente en Almazán y con la presencia de la personalidad o representante de la entidad distinguida.
3. Se entregará título extendido en pergamino artístico e insignia del municipio, de iguales características a las que portan los miembros de la corporación en los actos solemnes convenidos. El primero contendrá de manera muy sucinta los merecimientos que motivan y justifican su concesión y la leyenda Hijo/a Predilecto/a.
Artículo 6
El título de Hijo/a Predilecto/a de Almazán, previa invitación oficial, dará derecho a quien lo ostente, a acompañar a la corporación municipal en ciertos actos y solemnidades a que ésta concurra, ocupando el lugar que para ello les esté señalado.

BOPSO-138-04122023

Pág. 4715

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 4/12/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaeseSpagna

Data04/12/2023

Conteggio pagine26

Numero di edizioni2692

Prima edizione04/05/2005

Ultima edizione12/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31