Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 25/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.427

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, a través del Ministerio de Agua y Energía, realice los estudios pertinentes a fin de dotar de agua potable en el paraje El Chorro, departamento General Juan Facundo Quiroga.
Artículo 2º.- Dispónese que los gastos que demande el cumplimiento del Artículo 1º de la presente Ley, sean incluidos en el Plan de Trabajo de Obras Públicas, Ejercicio 2022.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 136º Período Legislativo, a dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. Proyecto presentado por el diputado Juan Ramón Romero.
María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo DECRETO N 2.182
La Rioja, 10 de diciembre de 2021
Visto: el Expediente Código A1 N 00530-9/21, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 10.427, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inciso 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.427 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 18 de noviembre de 2021.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

LEY Nº 10.428
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Asistencia Técnica, Económica y Financiera entre el Ministerio de Transporte y la Provincia de La Rioja, Red Vías Seguras Chilecito - La Rioja de fecha 16 de septiembre del 2021 suscripto por el Sr.
Ministro de Transporte, Prof. Alexis Raúl Guerrera y el Gobierno de la provincia de La Rioja representada por el señor Gobernador Don Ricardo Clemente Quíntela.

Viernes 25 de Febrero de 2022

Artículo 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 136º Período Legislativo, a dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo ANEXO
Convenio de Asistencia Técnica y Económica entre el Ministerio de Transporte y la Provincia de La Rioja Objeto: Red de Vías Seguras - Chilecito - La Rioja El Ministerio de Transporte de la Nación, representado en este acto por el señor Ministro de Transporte, Prof. Alexis Raúl Guerrera, con domicilio legal en la calle Hipólito Yrigoyen N 250, piso 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el Ministerio, por una parte, y la Provincia de La Rioja, representado en este acto por el señor Gobernador Ricardo Clemente Quintela, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo y San Nicolás de Bari de la localidad y partido de La Rioja, provincia de La Rioja, en adelante, la Jurisdicción; y, conjuntamente con el Ministerio, Las Partes, por la otra, manifiestan:
Que el Ministerio, conforme lo establecido en la Ley de Ministerios N 22.520 T.O. Decreto N 438/92, es competente para intervenir en las acciones tendientes a lograr la efectiva integración regional del territorio, conforme las pautas que determine la política nacional de ordenamiento territorial; y, a su vez, es competente para entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia, entender en la supervisión, el fomento y el desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte, entre otras.
Que en este sentido, el Ministerio propende aplicar políticas inclusivas de transporte, que garanticen la accesibilidad, a la par de la sostenibilidad, fortaleciendo así el derecho a la movilidad de las personas, en pos de una sociedad más equitativa e integrada.
Que dichas políticas de movilidad urbana e interurbana son pensadas para el conjunto de la población, atendiendo a las necesidades de todos los grupos sociales, con el objetivo de priorizar el transporte público y los modos de transporte sustentables.
Que la movilidad integral no motorizada, representa un modo de transporte seguro, y permite el traslado de sus usuarios de una manera confiable y amigable con el medioambiente, desalentando de esta manera el uso del automóvil privado.
Que la Jurisdicción solicitó la asistencia técnica y económica del Ministerio para la implementación del Proyecto de Red de Vías Seguras - Chilecito - La Rioja.
Que en atención a que el objeto del presente Convenio radica en la asistencia técnica y económica, y que esta última conlleva la obligación de rendición de cuentas por parte de la Jurisdicción, se deberán considerar las normas establecidas en los Decretos Nº 892 del 11 de diciembre de 1995, 225 del 13 de marzo de 2007 y 782 del 20 de noviembre de 2019 y la Resolución N 257 del 11
de noviembre de 2020 del Ministerio de Transporte.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 25/2/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data25/02/2022

Conteggio pagine52

Numero di edizioni2468

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione21/05/2024

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