Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 18/2/2020
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0033
Martes, 18 de febrero de 2020
condición de trabajador/a o beneficiario/a del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en BANESTO, cuenta nº 1144, debiendo indicar en el campo concepto "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición".
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 SocialReposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SS. Doy fe.
EL MAGISTRADO LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de citación y notificación en legal forma a JOSE MANUEL MOTA CANO, RAPIDCAR RENT A CAR SL, AUTOGLASS EXTREMADURA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En CACERES a diez de febrero de dos mil veinte.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Pág. 2607
CVE: BOP-2020-660
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA