Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/6/2016

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4913 - 30/06/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que continúa el citado artículo al establecer que: "La autoridad competente de cada repartición establecerá el horario en el cual deban ser prestados los servicios teniendo en cuenta la naturaleza de éstos y las necesidades de la repartición. El trabajador está obligado a cumplir con el horario que se establezca";
Que por Resolución N 6/MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aplicable al personal comprendido en el artículo 4º, capítulo 2 de la Ley Nº 471;
Que el artículo 5º de la mencionada Resolución, establece que las Autoridades Superiores de cada repartición serán los responsables de la gestión integral del registro de asistencia y cumplimiento del horario de los agentes;
Que el artículo 6º del Anexo I establece que la Autoridad Superior de la repartición podrá eximir del registro de asistencia por escrito y de manera fundada a aquellos agentes que por la modalidad de trabajo o por razones de servicio, desempeñen habitualmente tareas fuera de la oficina de la repartición;
Que en vista de lo expuesto, resulta procedente eximir del registro de firmas diario al agente Luis Alberto Corral, DNI 13.624.488 CUIL 20-13624488-5, toda vez que por la naturaleza de las tareas delegadas, deben prestar servicios regularmente fuera de la repartición y en horario discontinuo;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nº 6/MMGC/15, EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo 1º- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia al agente Luis Alberto Corral, DNI 13.624.488 CUIL 20-13624488-5, quien se desempeña como chofer del Director Ejecutivo del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el FOECA IF-2016-16115464- DGTALET, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Otórguese como período de vigencia de la eximición desde el 27 de junio hasta el 31 de diciembre del corriente año.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna, a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Gerencia Operativa Auditoría y Contralor de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Campos
ANEXO

Página 202

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/6/2016

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data30/06/2016

Conteggio pagine309

Numero di edizioni5612

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione06/06/2024

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