Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/5/2018 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

Nº 5364 - 2/5/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5

se pretende notificar.
Asimismo, deberá someterse a las modalidades de notificación que en el presente procedimiento de selección se establecen, las que reconocerá expresamente como válidas a todo efecto, sin perjuicio de la modalidad de publicidad que se disponga.

Artículo 18.- La presentación electrónica de la solicitud de inscripción importa, por parte del aspirante, el conocimiento y aceptación de los términos previstos por la Ley N 471 texto consolidado por Ley N
5666, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por Decreto de Necesidad y Urgencia N 1510-GCBA/97, el presente reglamento y normas complementarias, lo que declara bajo juramento en el formulario correspondiente.
Asimismo, el postulante, asume la obligación de mantener actualizado el domicilio especial consignado en su inscripción, asi como la dirección de correo electrónico y números telefónicos declarados debiendo a tales efectos, comunicar fehacientemente toda modificación que en los mismos se produzca ante la DGDSCIV.

Artículo 19.- Toda la información volcada en la postulación tendrá el carácter de declaración jurada.
Cualquier falsedad dará lugar a la exclusión del aspirante o postulante, sin necesidad de acto administrativo o notificación particular al interesado, con independencia de la etapa en la que se encuentre el proceso de selección respectivo.

Artículo 20.- El plazo para la inscripción de los aspirantes será, como mínimo, de cinco 5 días hábiles.
Una vez vencidos los plazos de inscripción fijados en la convocatoria respectiva, no se recibirán solicitudes de inscripción.

Capítulo V
Del análisis de admisibilidad.

Artículo 21.- Vencido el plazo de inscripción, el Comité de Selección revisará qué aspirantes cumplen con los requisitos específicos detallados en el perfil del respectivo llamado a concurso. Aquellos aspirantes que no cumplan con los mismos, no serán admitidos al proceso de selección.

Artículo 22.- Efectuado el control referido en el artículo precedente, el Comité labrará un acta de cierre de inscripción en la que constará la totalidad de las personas que se hubiesen inscripto al concurso, detallando la nómina de postulantes y de aspirantes excluidos. Dicha acta será publicada en el portal web que a tales efectos se establezca en la respectiva convocatoria.

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/5/2018 (Anexo)

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaeseArgentina

Data02/05/2018

Conteggio pagine1231

Numero di edizioni3385

Prima edizione14/08/2008

Ultima edizione06/06/2024

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