Boletín Oficial de Castilla y León del 4/5/2020

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Source: Boletín Oficial de Castilla y León

Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 87

Lunes, 4 de mayo de 2020

Pág. 14586

3. El Director o Directora del Centro ejercerá las funciones propias de representación, dirección, impulso en iniciativas y coordinación de su gestión ordinaria. Asimismo, promoverá la firma de convenios de colaboración con otros organismos de investigación y empresas. Detentará además cualquier otra competencia atribuida por la normativa que resulte de aplicación.
V. ESTRUCTURA FUNCIONAL.
1. Divisiones, miembros individuales y socios/as científicos e industriales.
La estructura funcional del Centro se articulará mediante divisiones en las que se integrarán los miembros individuales y grupos de investigación, así como organismos públicos o privados, socios/as científicos y profesionales incorporados mediante convenios de colaboración.
Estas divisiones se crearán por el Consejo de Dirección, previo informe favorable del Comité Científico-Técnico Asesor.
2. Integrantes individuales.
Por parte de la Universidad de Burgos, pertenecerá al Centro el personal investigador que se incorpore al mismo.
Las condiciones de admisión y permanencia se regularán según lo dispuesto en la normativa básica de funcionamiento interno.
En tanto se apruebe dicha normativa, el Consejo de Dirección, previo informe del Comité Científico-Técnico Asesor, podrá designar transitoriamente el número de investigadores/as participantes que considere oportuno para garantizar la puesta en funcionamiento del Centro.
VI. FINANCIACIÓN.
1. El Centro ITACA podrá financiarse mediante proyectos de investigación competitivos y aportaciones de entidades públicas o privadas con las que se suscriban convenios de colaboración, así como a través de contratos regulados al amparo de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Burgos o de cualquier otra normativa vigente que resulte de aplicación.
2. Asimismo, el Centro dispondrá de los ingresos derivados del desarrollo de sus actividades propias, tales como ferias, conferencias, donaciones, venta de productos, cátedras o acuerdos industriales, en las condiciones establecidas por la normativa de la Universidad de Burgos.
3. El Centro dispondrá de la facultad para participar en convocatorias de ayudas y subvenciones de entidades públicas y privadas, de acuerdo con la normativa de la Universidad de Burgos. En particular, podrá concurrir a convocatorias oficiales a nivel local, autonómico, nacional o internacional.
VII. DESARROLLO NORMATIVO.
Para el cumplimiento de sus fines, el Centro desarrollará su normativa básica de funcionamiento interno que será aprobada por el Consejo de Gobierno de la
CV: BOCYL-D-04052020-7

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Boletín Oficial de Castilla y León del 4/5/2020

TitoloBoletín Oficial de Castilla y León

PaeseMessico

Data04/05/2020

Conteggio pagine28

Numero di edizioni3076

Prima edizione02/05/1979

Ultima edizione21/06/2024

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