Boletín Oficial de Bizkaia del 8/4/2021

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Source: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Jueves, 08 de abril de 2021

Pág. 4

SECCIÓN I
ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
Diputación Foral de Bizkaia Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales ORDEN FORAL 2724/2021, de 26 de marzo, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza la acumulación temporal para el puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Arrigorriaga.

Antecedentes de hecho Con fecha de 24 de marzo de 2021 tiene entrada en el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales un escrito de la Alcaldesa de Arrigorriaga por el que se solicita la autorización a favor de don Ángel M. Marcos Robles para la acumulación temporal del puesto de secretaría del mismo Ayuntamiento hasta su cobertura por alguno de los medios legalmente previstos.
El Sr. Marcos es titular del puesto de secretaría-intervención del Ayuntamiento de Orduña.
Adjuntan la siguiente documentación:
Conformidad de la persona funcionaria.
Conformidad del Ayuntamiento de Orduña.
Fundamentación jurídica El artículo 50 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional establece lo siguiente:
El órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva, en el ámbito de su territorio, podrá autorizar a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado, a desempeñar asimismo en otra Entidad Local las funciones reservadas a la misma u otra subescala o categoría, en los supuestos contemplados en el apartado 1 del artículo anterior y por el tiempo de su duración, cuando, previa solicitud del Alcalde o Presidente, no hubiese sido posible efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios, imposibilidad que ha debido quedar lo suficientemente acreditada en el expediente.
Corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública autorizar las acumulaciones cuando excedan del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.
La acumulación se efectuará a petición de la Corporación Local, de acuerdo con el funcionario interesado y previo informe favorable de la Entidad Local en la que se halle destinado.
Los requisitos para conferir un nombramiento provisional son:
1. Petición del Ayuntamiento interesado.
2. Informe favorable de la Corporación Local donde está destinado el funcionario.
3. Conformidad de la persona funcionaria Queda acreditado en el expediente que no ha sido posible realizar nombramiento provisional ni comisión de servicios.
Vista la Disposición Transitoria decimotercera de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Entidades Locales de Euskadi en relación con la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, derogado por el Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia
cve: BOB-2021a064

Núm. 64

BOB

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Boletín Oficial de Bizkaia del 8/4/2021

TitoloBoletín Oficial de Bizkaia

PaeseSpagna

Data08/04/2021

Conteggio pagine119

Numero di edizioni7604

Prima edizione01/09/1993

Ultima edizione06/06/2024

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