Boletín Oficial de Bizkaia del 27/9/1993

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Source: Boletín Oficial de Bizkaia

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Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Durango.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Edurne Bediaga Magunacelaya, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Durango, a uno de setiembre de mil novecientos noventa y tres.El Secretario

Núm. 10.442

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Getxo EDICTO

Por tenerlo así acordado el Sr. Juez de este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Getxo, don José Ramón Blanco Fernández, por resolución dictada de fecha de hoy en los presentes autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía seguido con número 237/91 entre partes de una como demandante doña María Ruiz González, representada por el Procurador Sr. Arenaza, contra La Unión y el Fénix y otros, sobre reclamación de cantidad, se ha acordado proceder a la notificación a los demandados en rebeldía de la sentencia recaída en los presentes autos, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es como sigue:
En Getxo, a quince de julio de mil novecientos noventa y tres.Vistos por don José Ramón Blanco Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Getxo, tos presentes autos de juicio de menor cuantía con número 237/91, seguido a instancia de doña María Ruiz González, representada por el Procurador Sr. Arenaza, La Unión y el Fénix Español, representado por la Procuradora Sra. Frade, Cía. de Seguros Chasyr, representada por el Procurador Sr. Bartau Rojas, don Luciano Nanclares Domínguez, representado por la Procuradora Sra. González Cobreros, don Roland Casado Garvay y don Eladio Vázquez López, representado por el Procurador Sr. Átela Arana, Proinosa, representada por la Procuradora Sra. Basterreche, y contra Propanorte, Gara Sdad. Limitada y herederos de don Carmelo Uribe Jáuregui, todos ellos en situación de rebeldía procesal sobre reclamación de cantidad, y Fallo: Que desestimando la demanda presentada por doña María Ruiz González, debo absolver y absuelvo de la misma a Propsnorte, S.A., La Unión y el Fénix Español, herederos de don Carmelo Uribe Jáuregui, Cía. de Seguros Chasyr, don Luciano Nanclares, don Roland Casado Garvay, don Eladio Vázquez López, Gara Sdad. Coop. Ltda., Proinosa y Mapfre Seguros.
Que debo absolver y absuelvo a la demandante de la reconvención contra ella deducida por don Luciano Nanclares Domínguez.
No ha lugar a hacer expresa imposición de las costas causadas en este juicio.
Notifíquese esta sentencia a los demandados en rebeldía en los estrados del Juzgado y por edictos si en el plazo de cinco días no se solicita la notificación personal de la misma.
Así por esta mi sentencia, la pronuncia, manda y firma S.
S.a.Signados. Rubricados.El Oficial en funciones.
Y para que sirva de notificación en forma a los demandados en rebeldía Propanorte, S.A., Gara Sdad. Limitada y herederos de don Carmelo Uribe, extiendo la presente en Getxo, a veintiocho de julio de mil novecientos noventa y tres.

Núm. 10.446

EDICTO

Don José Ramón Blanco Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Getxo.
Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 137/93, se tramita procedimiento judicial sumario al amparo del artículo 131 de la Ley Hipotecaria a instancia de Sociedad de
BOB núm. 223. Lunes, 27 de septiembre de 1993

Crédito Hipotecario Bansander, S.A., contra José Antonio Larrabeitia Ugarte, en reclamación de crédito hipotecario, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta por primera vez y término de 20 días, los bienes que luego se dirán, señalándose para que el acto del remate tenga lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado el día 25 de octubre a las 10 horas, con las prevenciones siguientes:
1. Que no se admitirán posturas que no cubran el tipo de la subasta.
2. Que los licitadores, para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya, S.A., número 4767, una cantidad igual, por lo menos, al 20% del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el número y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptándose entrega de dinero en metálico o cheques en el Juzgado.
3. Podrán participar con la calidad de ceder el remate a terceros.
4. En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente.
5. Los autos y la certificación del Registro a que se refiere la regla 4.a del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes si los hubiere al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.
Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta se señala para la celebración de una segunda el día 18
de noviembre a las 10 horas, sirviendo de tipo el 75% del señalado para la primera subasta, siendo de aplicación las demás prevenciones de la primera.
Igualmente, y para el caso de que tampoco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 20 de enero de 1994 a las 10 horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma el 20% del tipo que sirvió de base para la segunda.
Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil a la misma hora, exceptuando los sábados.
El presente edicto servirá de notificación a los deudores para el caso de no poder llevarse a efecto en la finca o fincas subastadas.
Bienes que se sacan a subasta Parcela señalada con el número 6 de la Urbanización San Ignacio, en la Anteiglesia de Berango. Tiene una superficie de cuatro mil quinientos metros cuadrados. Linda: nordeste, terreno común destinado a viales de acceso; sudoeste, parcela número siete de don Jesús Pérez Garín, hoy de don Jesús Osoro Lambarri, hoy de don Nicolás Sáez y otros y con terreno común destinado a vial de acceso. Y sobre la indicada parcela una casa unifamiliar en construcción.
Referencia registral: Libro 40 de Berango, folio 125, finca número 2.753, inscripción 4..
Tipo de subasta Se fija como tipo escriturado para la primera subasta la cantidad de cincuenta y seis millones seiscientas ochenta y dos mil novecientas sesenta 56.682.960 pesetas.
Dado en Getxo, a diez de septiembre de mil novecientos noventa y tres.El Juez, José Ramón Blanco Fernández.El Secretario Núm. 10.859

cve: BAO-BOB-1993a223

BEO 223. zk. 1993, irailak 27. Astelehena

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Bizkaia del 27/9/1993

TitoloBoletín Oficial de Bizkaia

PaeseSpagna

Data27/09/1993

Conteggio pagine48

Numero di edizioni7604

Prima edizione01/09/1993

Ultima edizione06/06/2024

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