Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 23/02/2022

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Miércoles 23 de Febrero de 2022

EDICION Nº 10.776

Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER

Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

Miércoles 23 de Febrero de 2022

EDICION Nº 10.776

LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3489-A
BENEFICIO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE
DESDE JUNIO DEL AÑO 2021 PARA LOS
ORGANISMOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE
GOBIERNO Y TRABAJO
ARTICULO 1": Otórgase a partir de 1 de junio del año 2021 una suma remunerativa no bonificable mensual de Pesos Dos Mil Quinientos $2.500,00 a percibir exclusivamente por el personal comprendido en las siguientes áreas de la Jurisdicción 03:
Ministerio de Gobierno y Trabajo:
a Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble.
b Dirección Provincial de Catastro y Cartografía.
c Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia.
d Dirección General del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.
ARTÍCULO 2: Autorízase al Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura a asignar las partidas financieras y realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes, necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.
ARTICULO 3: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputará a las respectivas partidas presupuestarias de la Jurisdicción 03: Ministerio de Gobierno y Trabajo, de acuerdo con su naturaleza.
ARTÍCULO 4 Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
Rubén Darío GAMARRA
Hugo Abel SAGER
Secretario Presidente DECRETO Nº 2773
RESISTENCIA, 23 de diciembre de 2021
VISTO:
La sanción legislativa N 3.489-A; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.489-A, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Chapo - Capitanich s/c E:23/02/2022
Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

-1-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 23/02/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data23/02/2022

Conteggio pagine84

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728