Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 14/02/2005
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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AÑO L
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
RESISTENCIA, LUNES 14 DE FEBRERO DE 2005
DECRETOS SINTETIZADOS
118 8/2/05
INSTITUYESE en el ámbito de la Administración Pública Provincial, organismos descentralizados y autárquicos de la Provincia del Chaco la Guía Orientadora de Trámites del Estado Provincial, estableciéndose como sitio oficial de la misma el que se identifica como http
tramite.chaco.gov.ar alojado en los servidores de Ecom Chaco S.A., empresa responsable de su publicación vía Internet.
119 8/2/05
CREASE a partir de la presente fecha, una red de información, que se denominará Sistema Unico de Seguimiento de Expedientes y otras Actuaciones, en el ámbito de la Administración Pública Provincial.
120 8/2/05
DISPONESE a partir de la fecha del presente Decreto, la obligatoriedad de la utilización del Sistema Integrado de Personal SIP y liquidación de haberes implementado por la empresa Ecom Chaco S.A., en reemplazo del Sistema Integrado de Personal dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Nº 303/98.
s/c.
E:14/2/05
RESOLUCIONES
PROVINCIA DEL CHACO
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION GENERAL N 1504
VISTO:
La Resolución General N 1485, dictada el 10 de diciembre del 2003, y;
CONSIDERANDO:
Que por la misma se aprueba el Sistema de Recaudación y Control de Acreditación Bancaria "SIRCREB", para los contribuyentes directos de la Provincia del Chaco, no comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas en pesos y moneda extranjera, abiertas en las entidades financieras Ley N 21526;
Que la vigencia del régimen establecido por la Resolución General N 1485, quedó suspendida por la Resolución General N 1488 del 30 de enero del 2004, por lo que resulta procedente disponer su aplicación a partir del 01 de enero del 2005, constituyendo la recaudación efectuada un pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a cargo del sujeto percibido;
Que por los artículos 10, 12 y 13 de la Resolución General N 1485, se dispone la adhesión de la Provincia del Chaco al régimen de recaudación unificado SIRCREBque para los contribuyentes del Convenio Multilateral se acordara en el marco de los Organismos del Convenio Multilateral Comisión Arbitral y Comisión Plenaria, quedando facultada la Comisión Arbitral para dictar las normas operativas necesarias para la implementación de dicho régimen, como así también para aprobar la puesta en vigencia efectiva del SIRCREB;
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.295
Que en ese marco la Comisión Arbitral dictó la Resolución General N 104/04 por la que se aprueba el SIRCREB y los procedimientos aplicables para la confección de las declaraciones juradas y depósito de las recaudaciones por parte de los agentes de recaudación, consulta y administración de padrón de jurisdicciones adheridas y consulta de los contribuyentes;
Que tomando como referencia la Resolución General N 104/04 de la Comisión Arbitral, esta Dirección General dictó la Resolución General N 1499, por la cual se puso en vigencia el SIRCREB para los contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral según lo establecido por la Resolución General N 1486;
Que asimismo, es necesario establecer que la nómina de sujetos pasibles de recaudación se confeccionará y mantendrá actualizada mensualmente por esta Dirección General de Rentas, remitiendo para su administración a la Comisión Arbitral-SICOMSistema de Control de Grandes Contribuyentes, quien se encargará de enviar los mencionados padrones a los Bancos, de conformidad a la Resolución General N 104/04 de la Comisión Arbitral que en uno de los párrafos de los considerandos dispone "que están dadas las condiciones para que las jurisdicciones adheridas, o las que puedan adherirse en el futuro, incorporen a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos locales al presente régimen, debiendo para ello emitir un padrón de sujetos comprendidos y ser responsables de su actualización";
Que además, se debe determinar el mecanismo de conversión de las operaciones a que se refiere la Resolución General N 1485, realizadas en moneda extranjera;
Que esta Dirección General de Rentas se halla debidamente facultada para dictar estas medidas, de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley N 330
-t.o.- y el Código Tributario Provincial - Decreto Ley N
2444762 y sus modificaciones;
POR ELLO:
LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS
DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
Artículo 1: Establecer que el régimen de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a que se refiere la Resolución General N 1485/03 para los contribuyentes directos de la Provincia del Chaco, no comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas en pesos y moneda extranjera, abiertas en las entidades financieras Ley N 21526, comenzará a regir desde el 01 de enero del 2005.
Artículo 2: Mensualmente la Dirección General de Rentas confeccionará y mantendrá actualizada altas y bajas la nómina de sujetos pasibles de recaudación locales a los cuales los Bancos deberán realizar las retenciones, remitiendo dicho padrón al SICOM Sistema de Control de Grandes Contribuyentes, dependiente de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
Artículo 3: Establecer que a los fines de la presente