Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/11/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 8 de noviembre de 2021
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b. Por cada mes completo de servicios en las restantes administraciones públicas territoriales y sus organismos autónomos, prestados en puestos de igual o similar categoría y naturaleza al de la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar: 0,05 puntos hasta un máximo de 1 punto.
c. Por cada mes completo de servicios en cualquier organismo público no contemplado anteriormente o empresa privada, prestados en puestos de igual o similar categoría y naturaleza al de la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar: 0,03 puntos hasta un máximo de 0,75 puntos.
d. Por cada mes completo de servicios en la Administración Local y sus organismos autónomos, prestados en puestos de superior o inferior categoría al de la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar, dentro de la misma naturaleza o área funcional: 0,05 puntos hasta un máximo de 1 punto.
e. Por cada mes completo de servicios en las restantes administraciones públicas territoriales y organismos autónomos, prestados en puestos de superior o inferior categoría al de la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar, dentro de la misma naturaleza o área funcional: 0,03 puntos hasta un máximo de 0,75 puntos.
f. Por cada mes completo de servicios en cualquier organismo público no contemplado anteriormente o empresa privada, prestados en puestos de superior o inferior categoría al de la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar, dentro de la misma naturaleza o área funcional: 0,02 puntos hasta un máximo de 0,50 puntos.
2.º Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 4 puntos a La posesión de titulación académica oficial superior en un grado o más a la exigida como requisito de participación, siempre que se encuentre relacionada con la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar, se valorará con un punto. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.
b Los cursos, jornadas y seminarios, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada o funciones o tareas a desempeñar, y que hayan sido impartidos por organismos oficiales administraciones públicas territoriales, sus OOAA y entidades de Derechos Público dependientes de las mismas, universidades, colegios profesionales y organizaciones sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, así como que hayan sido superados y así lo acrediten los aspirantes, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción, hasta un máximo de 3 puntos:
a. Por cada curso de 6 a 20 horas de duración: 0,10 puntos.
b. Por cada curso de 21 a 40 horas de duración: 0,20 puntos.
c. Por cada curso de 41 a 70 horas de duración: 0,30 puntos.
d. Por cada curso de 71 a 100 horas de duración: 0,40 puntos.
e. Por cada curso de 101 a 199 horas de duración: 1 punto.
f. Por cada curso de 200 horas en adelante: 1,50 puntos.
No serán valorados los cursos de duración inferior a 6 horas, los cursos en los que no se justifique adecuadamente el número de horas, aquellos cursos en los que no conste claramente la entidad que los ha impartido, ni los cursos de mera asistencia.
La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada.
No se valorarán en ningún caso los cursos realizados para superar un proceso selectivo.
3.º La puntuación de la experiencia profesional, quedará distribuida del siguiente modo:
a Por cada año completo de servicios, o fracción igual o superior a seis meses, prestados como funcionario/a o laboral en ayuntamientos desempeñando funciones iguales, similares o superiores a las propias de las plazas convocadas: 0,55 puntos.
CVE: 20211108-07534-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 212