Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 20 de agosto de 2021

Página 11

Competencias El o los delegados de personal tendrán las competencias que les confiere la legislación vigente.
A fin de conseguir una mayor eficacia en las funciones y competencias de su representación el delegado de personal dispondrá de un crédito horario de quince horas mensuales. Si por ampliación de la plantilla de la empresa correspondiese la elección de tres delegados de personal o, incluso, de un comité de empresa, el crédito horario total, en cómputo anual, podrá serle cedido a uno o varios de los representantes legales.
Artículo 33. Seguridad y salud laboral Se estará a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y los reglamentos de los servicios de Prevención.
Tanto los técnicos nombrados por la empresa como el Delegado de Prevención, asumirán los compromisos y tareas necesarias para conseguir la mayor operatividad en el cumplimiento de las diferentes disposiciones que en materia de seguridad y salud laboral dispone la mencionada ley.
El Delegado de Prevención recibirá toda la información y formación necesarias con respecto a los riesgos específicos a la actividad de la empresa, y fijarán con este el tipo de vestuario, así como la cantidad y calidad de la ropa de trabajo que anualmente haya que entregar a los trabajadores.
De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa se estará en lo dispuesto en el capítulo XII, artículos 54 al 60 del referido convenio general sectorial.
Artículo 34. Vestuario Sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en la normativa de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo, concretamente, sobre la entrega de EPIs y prendas de seguridad, la empresa solo facilitará vestuario en caso de sustitución de prendas que se deterioren a causa del trabajo y previa presentación al encargado, estando los trabajadores obligados a utilizar este vestuario para realizar su trabajo y no podrán ser utilizados para otros fines particulares, o en caso de personal de nueva incorporación, que recibirá una muda completa.
Disposición adicional 1. Género neutro Todas las condiciones y expresiones que se contienen en el presente convenio colectivo, se dirigen indistintamente, afectarán y están redactadas en género neutro. No obstante, en todas las expresiones, vocablos y términos, con independencia del género con el que se expresen, se entenderá que están incluidos ambos géneros, hombres y mujeres, trabajadores y trabajadoras.
Disposición adicional 2.º Plan de igualdad Conforme a lo dispuesto en artículo 70.3 del Convenio del Sector de Saneamiento Público, Limpieza Viaria, Riegos, Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos y Limpieza y Conservación de Alcantarillado BOE de 30 de julio de 2013, al personal incluido en el presente convenio, en consideración a su pertenencia al Grupo Urbaser, Sociedad Anónima, le es de aplicación el II Plan de Igualdad de Urbaser, Sociedad Anónima.
En la misma consideración será de aplicación el II Protocolo de Acoso Laboral y Código de Actuación del Grupo Urbaser.

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Número 159

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/8/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data21/08/2021

Conteggio pagine20

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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