Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/5/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 30 de abril de 2021
Página 49
v Para la reproducción de cualquier tipo de elemento audiovisual, cuyos derechos no pertenezcan al organizador del acto, es necesaria la autorización de la Sociedad General de Autores. El Ayuntamiento de Ronda, no asumirá el pago de derechos de autor, ni las penalizaciones que correspondan como consecuencia de la actividad del organizador.
w El organizador se compromete a entregar, concluido el acto, los datos estadísticos relativos a las personas asistentes al mismo, y a poner a disposición de los usuarios las hojas de reclamaciones para consignar en ellas las reclamaciones que estimen pertinentes.
x En el caso de que surja un situación de interés público y el teatro este reservado; se suspendería la reserva del teatro y se anularía la actuación prevista en el momento que el Ayuntamiento tenga la constancia fehaciente de la situación de interés público, y se le devolverá el importe de la tasa que el solicitante haya satisfecho, en el plazo que marquen en todo momento los servicios económicos del Ayuntamiento y no procederá en ningún caso indemnización alguna por parte del Ayuntamiento al organizador.
Artículo 8. Control de seguridad y prevención de riesgos por el uso privativo de sus instalaciones El organizador se compromete a observar las normas vigentes sobre seguridad y, en especial, las que se refieren a la capacidad máxima de la sala, salidas de emergencia y medidas contra incendios.
Asimismo, deberá permitir la adopción de las medidas de control de seguridad que, en su caso, fueran establecidas por las autoridades competentes, con ocasión de la celebración de actos que por su carácter, así lo exija, así como garantizar en todo momento el cumplimiento de las condiciones de seguridad establecidas para cada espectáculo.
El Ayuntamiento de Ronda no se hace responsable de los daños que se produzcan por incendio, robo, desperfectos de materiales, accidentes que puedan sufrir los asistentes durante y después del evento.
Tampoco se hará cargo de los accidentes laborales del personal no vinculado directamente a su servicio, siendo por cuenta del organizador la provisión de un seguro de accidentes para el personal contratado por este para llevar a cabo algunas de las actividades del evento.
Artículo 9. Infracciones y sanciones La potestad sancionadora se ejercerá de acuerdo con lo establecido en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público así como en el título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 7/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
9.1. Infracciones. Las infracciones a esta ordenanza local se tipifican en leves, graves y muy graves; este régimen será de aplicación tanto a las entidades o personas físicas peticionarias de autorizaciones de utilización del teatro, como a los usuarios en aquellos preceptos que le sean aplicables.
Respecto a la graduación de las sanciones económicas, las multas que se impongan en cada caso concreto deberán guardar la necesaria proporcionalidad con la gravedad de los hechos constitutivos de la infracción, por lo que las infracciones se graduarán atendiendo, especialmente, a los siguientes criterios:
a La negligencia o intencionalidad del interesado.
b La naturaleza y cuantía de los perjuicios ocasionados.
c La existencia de reiteración. Se entenderán por reiteración la realización de varias infracciones de la misma naturaleza o parecida naturaleza y gravedad en un periodo de un año.
CVE: 20210430-03516-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 81