Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/5/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 30 de abril de 2021
Página 46
g El público deberá guardar el debido respeto a los intérpretes y demás personas que intervienen en los espectáculos, manteniendo el silencio y la compostura debidos, durante las representaciones. Asimismo, deberá silenciar los teléfonos móviles durante las representaciones.
h Se prohíbe filmar o grabar los espectáculos o realizar fotografías por cualquier medio, con o sin flash, salvo que lo autorice expresamente la organización, atendiendo a la naturaleza del espectáculo y en las condiciones que la misma fije.
i Durante los ensayos estará prohibida la entrada al público en general. Solo se admitirá el ingreso a quienes acrediten que están involucrados en la actividad cultural a realizar.
j No se permite vender, comprar o cualquier otro tipo de relación comercial, sin la previa y expresa autorización de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Ronda.
Artículo 7. Condiciones específicas del teatro municipal para el uso privativo de sus instalaciones Además de las condiciones de uso general recogidas en los puntos anteriores serán de aplicación las condiciones específicas señaladas a continuación:
a Solicitud de uso del teatro: Se podrá hacer uso de las instalaciones según disponibilidad de las mismas y siempre previa autorización expresa y escrita por parte del Área de Cultura. Las solicitudes que se reciban de petición de uso del Teatro Municipal Vicente Espinel se atenderán respetando siempre la programación de espectáculos que realiza el Ayuntamiento de Ronda. Las solicitudes de uso del teatro se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ronda, por parte de los interesados. Y una vez estudiado y comprobado su contenido, temática, y disponibilidad del teatro, el Ayuntamiento le comunicará a los interesados por parte de la Delegación de Cultura, en un plazo de quince días naturales la aceptación o rechazo de la solicitud presentada; y en el caso de que sea rechazada se le indicarán las causas que motivan su rechazo.
b Las entidades públicas o privadas que soliciten el uso del teatro municipal no podrán realizar más de dos acciones en el año natural, a excepción de aquellos colectivos en cuyos estatutos figuren como objeto la realización de actividades de artes escénicas y/o musicales. En este caso y si la programación general así lo permitiese, se podría ampliar el cupo.
c Las entidades públicas o privadas interesadas en el uso privativo del teatro para la realización de actividades que coincidan con los objetivos del teatro, deberán solicitarlo con una antelación mínima de treinta días naturales a la fecha prevista para el evento.
d La solicitud se realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ronda, adjuntando a la misma un proyecto detallado de la actividad y la fecha para su realización. La solicitud y el proyecto adjunto deberán incluir los siguientes datos:
Solicitante: En caso de persona física o jurídica se completarán los datos correspondientes. Si se trata de centros escolares, asociaciones de padres y madres, organizaciones sociales o asociaciones culturales sin ánimo de lucro, deberán aportar la documentación que acredite tal situación a efectos de que los servicios económicos municipales puedan aplicarle en la liquidación de la tasa por el uso del teatro la reducción que corresponda.
Proyecto con la descripción de la actividad a desarrollar, temática del evento, duración fechas aproximadas, horarios y ficha técnicas de las necesidades previstas; todo ello se dirigirá a la Concejalía de Cultura. Una vez estudiada la solicitud por el equipo de programación cultural se les comunicará por escrito la autorización de la reserva del uso privativo del teatro, donde se les comunicará las condiciones de cesión y la liquidación del coste de la tasa correspondiente de conformidad con la ordenanza fiscal correspondiente. Una vez autorizado, el equipo técnico del teatro le convocará a una reunión o le comunicará a través de un correo electrónico, con el fin de
CVE: 20210430-03516-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 81