Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 16/3/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 50
Martes, 16 de marzo de 2021
Página 7
ADMINISTRACIÓN LOCAL
N ER JA
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2020, acordó aprobar inicialmente el Reglamento Órganico Municipal del excelentísimo Ayuntamiento de Nerja ROM, cuyos anuncios fueron publicados en el tablón virtual municipal, en el portal de transparencia y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 238, de 15 de diciembre de 2020, sin que se haya formulado reclamación alguna en el periodo de información pública, según consta en informe emitido por el gestor del Registro General de Entrada de este Ayuntamiento, de fecha 9 de febrero de 2021 y en la certificación de la Secretaría General, de fecha 15 de febrero de 2021, entendiéndose definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, con sujeción al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Este reglamento entrará en vigor cuando una vez publicado este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con el texto íntegro del mismo, haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
A continuación se inserta el texto íntegro del citado reglamento:
REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE NERJA
P R E Á MB U L O
El Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Nerja constituye la pieza básica de la reglamentación municipal, en virtud del cual este Ayuntamiento viene a ejercer su potestad reglamentaria y de auto organización, conforme a lo dispuesto en los artículos 4 a y 20.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 24.b del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de abril y 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Por ello, tiene la función de trasladar a la mecánica del funcionamiento ordinario, las grandes líneas que lo articulan en la legislación municipal.
A partir de la regulación contenida en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre en adelante, ROF, y la experiencia organizativa y de funcionamiento acumulada en la práctica, el presente Reglamento Orgánico Municipal pretende incidir en determinados aspectos dirigidos a facilitar y garantizar un correcto funcionamiento de este Ayuntamiento, aportando un instrumento normativo útil y operativo, con una estructura y un contenido adaptado al marco jurídico vigente. Las potestades de auto organización y reglamentación que son propias
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