Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 9 de marzo de 2021

Página 77

b Convocar la asamblea general y la Junta Directiva, presidiendo sus sesiones.
c Suscribir los compromisos que conjuntamente con el Ayuntamiento se tomen en orden a las finalidades de la entidad.
d Interponer reclamaciones por la vía administrativa, ejercer acciones y otorgar poderes a terceros.
Todas estas facultades precisarán o bien la unanimidad de la Junta Directiva e inclusión en el orden del día de la sesión de la asamblea general inmediata posterior, o bien el acuerdo previo de la mencionada asamblea general.
e Ordenar los pagos a realizar por la entidad, conjuntamente con el Vicepresidente o el Secretario.
Artículo 16. Funciones propias del Vicepresidente a Sustituir al Presidente en todas sus funciones en los casos de ausencia o cualquier otro motivo que los justifique y con aceptación de la Junta Directiva.
b Actuar por delegación del Presidente en la forma que este disponga.
c Ordenar los pagos a realizar por la entidad conjuntamente con el Presidente.
Artículo 17. Funciones propias del Secretario a Redactar las actas de la asamblea general y de la Junta Directiva, de las cuales dará fe y firmará conjuntamente con el Presidente.
b Custodiar los libros y documentos de la entidad.
e Librar certificaciones de los libros que están bajo su custodia 1con el visto bueno del Presidente.
d Llevar la correspondencia de la entidad.
e Cualquier otra función que, dentro de sus competencias, le encomiende la asamblea general, la Junta Directiva o el Presidente.
f Preparar, redactar y enviar a los miembros de la entidad la memoria bianual.
Artículo 18. Funciones propias del Tesorero a Realizar los movimientos de fondos económicos que ordene el Presidente y el Vicepresidente o el Secretario anotándolos en los libros correspondientes.
b Custodiar los libros y documentos de la entidad que hagan referencia a la administración contable.
c Ayudar al Secretario en el apartado económico a la redacción de la memoria bianual.
d Tener la contabilidad a disposición de los asociados.
Artículo 19. Funciones propias de los vocales a Seguir y colaborar en las tareas del Secretario y del Tesorero, al objeto de poderlos sustituir adecuadamente si así fuere necesario.
b Cualquier función que dentro de las competencias de la Junta Directiva les encomiende la asamblea general o la propia Junta Directiva.
Artículo 20. El Administrador La Junta Directiva podrá encomendar a un administrador, profesionalmente cualificado, la realización de todas o algunas de las funciones de sus miembros. En este caso, el administrador será civilmente responsable de las funciones encomendadas y los cargos de la Junta Directiva habrán de supervisar las materias de su competencia.

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Número 45

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/3/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data09/03/2021

Conteggio pagine79

Numero di edizioni6030

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione13/02/2026

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