Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 31 de diciembre de 2020

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CCOO y de la Unión General de Trabajadores UGT, aunque los pluses de nocturnidad, turnicidad y ayuda escolar experimentan incremento de superior cuantía, expresándose los respectivos importes de los diferentes conceptos económicos en el texto del convenio colectivo.
Los importes correspondientes al seguro de vida y a la indemnización única por jubilación a los que se aluden en el artículo 16, del convenio colectivo, experimentan incrementos de 1,20 %
uno con veinte por ciento, que se corresponde con el experimentado por el IPC en el año 2018.
Se incorpora como anexo la tabla salarial correspondiente al año 2019.
Artículo 10. Revisión salarial Al término del primer año de vigencia del convenio colectivo, se llevará a cabo revisión salarial de acontecer los siguientes supuestos.
Si el IPC al 31 de diciembre de 2019, fuese superior porcentualmente al incremento pactado 1,75 %, una vez conocido por la empresa el aumento de dicho índice a nivel nacional mediante certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadísticas comprensivo al periodo diciembre/2018-diciembre/2019, se procedería a revisar todos los conceptos retributivos del convenio colectivo por el exceso porcentual que represente el incremento real comparado con el tanto por ciento pactado en este convenio colectivo para el año 2019, quedada consolidada la cuantía resultante de la revisión para el cálculo de las sucesivas actualizaciones.
De proceder revisión salarial porque el IPC de 2019 supere en porcentaje al 1,75 %, la diferencia retributiva a favor de los trabajadores/as se abonara a los mismos en una sola paga durante el primer trimestre de 2020, siendo tales diferencias imputables al IRPF del ejercicio de 2020.
En cuanto a los incrementos retributivos correspondientes al segundo año de vigencia del convenio colectivo, que comprende desde el día 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de diciembre de 2020, las partes negociadoras del mismo se reunirán durante el primer trimestre del año 2020
para convenir el incremento correspondiente a dicho año.
Artículo 11. Salario base y devengo El salario base estará compuesto por los que se fijan en el anexo I de este convenio colectivo, para cada categoría profesional.
El salario base descrito anteriormente tiene carácter uniforme para todo trabajador/a de la misma categoría profesional.
El salario base se devengará durante todos los días naturales del año por los importes que, para cada categoría profesional, se establecen en este convenio colectivo, por jornada completa, en vacaciones y en los permisos retribuidos.
La retribución y demás devengos estarán compuestos por el salario base fijado, más los complementos salariales establecidos en función de las circunstancias personales y del puesto de trabajo.
Artículo 12. Gratificaciones extraordinarias En concepto de gratificaciones extraordinarias se abonarán treinta días 30 en cada una de ellas y con las siguientes retribuciones:
a Las gratificaciones extraordinarias de julio y navidad pagaderas en el año 2019 se retribuirán a los trabajadores/as conforme al salario pactado para dicho año más antigedad, si correspondiese, según clasificación profesional que cada uno tenga reconocida, incrementadas con los pluses de asistencia, penosidad y transporte.
b La gratificación alusiva a beneficios abonable en el año 2019 será retribuida en proporción a 30 días del salario correspondiente al trabajador/a fijado para dicho año, más antigedad de proceder, con incremento de los pluses de asistencia, penosidad y transporte.
c Las gratificaciones extraordinarias a abonar a los trabajadores/as de la empresa en el año 2020 se satisfarán a importes concordantes con los salarios que se pacten para dicho año, más antigedad si correspondiese.

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Número 249

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/1/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data01/01/2021

Conteggio pagine52

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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