Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de agosto de 2016
Parte dispositiva
Primero. Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes muebles y metálico de la propiedad del ejecutado, don Antonio Sebastián Villena Pérez, en cantidad suficiente para cubrir las sumas de 10.773,64 euros, en concepto de principal de los que 6.339,21 euros lo son en concepto de indemnización, 4.031,30 euros los son en concepto de salarios adeudados y 403,13 euros lo son en concepto de intereses de demora de los salarios adeudados, a razón del 10% más 1.669,91 euros presupuestados para intereses y costas, lo que hace un total de 12.443,55 euros.
Segundo. Se acuerda la investigación patrimonial del ejecutado en los términos que constan en el razonamiento segundo, a cuyo efecto recábese información mediante la consulta de la aplicación informática de la Dirección General de Tráfico y del Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad, quedando unida a las actuaciones.
Tercero. Se acuerda el embargo de las cantidades que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenga pendiente de devolver el ejecutado, don Antonio Sebastián Villena Pérez por IVA, IRPF u otros conceptos, en cantidad suficiente para cubrir la suma total de 12.443,55 euros, por la que se despacha la presente ejecución. Para su efectividad procédase a la retención de las mencionadas cantidades, a través de la aplicación telemática de la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Cuarto. Se acuerda embargo de los saldos a favor del ejecutado, Antonio Sebastián Villena Pérez, por las cantidades que se ha despachado ejecución anteriormente mencionadas, en las entidades financieras asociadas al servicio de embargos telemáticos a través del punto neutro judicial dando al efecto la oportuna orden.
Notifíquese a las partes advirtiéndoles que contra la presente resolución cabe recurso directo de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso artículo 454 bis de la LEC.
Así, por este decreto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor don Luis Villalobos Sánchez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número once de Málaga. Doy fe.
El Letrado de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado don Antonio Sebastián Villena Pérez, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 1 de julio de 2016.
El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Villalobos Sánchez.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 5 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 119/2016.
Negociado: J.
Contra Leonne Mas el Habash, Sociedad Limitada.
Edicto Don Agustín Salinas Serrano, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número cinco de Málaga,
Página 5
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 119/2016 contra Leonne Mas el Habash, Sociedad Limitada, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto y decreto de 23 de junio de 2016, encontrándose las resoluciones mencionadas a disposición de la ejecutada en la Secretaría de este Juzgado, haciéndole saber que contra las mismas cabrán los recursos correspondientes.
Y para que sirva de notificación a la demandado Leonne Mas el Habash, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 23 de junio de 2016.
El Letrado de la Administración de Justicia firma ilegible.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 5 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 105/2016.
Negociado: J.
Contra Grupo Neodipol, Sociedad Limitada.
Edicto Don Agustín Salinas Serrano, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número cinco de Málaga, Hace saber: Que en la ejecución número 103/2016, sobre cantidad, contra Grupo Neodipol, Sociedad Limitada, se ha dictado auto y decreto de 22 de junio de 2016, encontrándose las resoluciones mencionadas a disposición del ejecutado en la Secretaría de este Juzgado, haciéndole saber que contra las mismas cabrán los recursos correspondientes.
Y para que sirva de notificación en forma a Grupo Neodipol, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias, o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Málaga, a 22 de junio de 2016.
El Letrado de la Administración de Justicia firma ilegible.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 84/2016.
Negociado: C3.
De don Manuel Jesús Soria Rodríguez.
Contra Grupo Especializado Mabral 2003, Sociedad Limitada.
Edicto Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social numero siete de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 84/2016 a instancia de don Manuel Jesús Soria Rodríguez contra Grupo Especializado Mabral 2003, Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente: