Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de agosto de 2016
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, doña Mariya Velcheva Mancheva, extiendo y firmo la presente en Málaga, a 21 de abril de 2016.
La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Cuadros Rodríguez.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 13 DE MÁLAGA
Procedimiento: Despido/ceses en general 468/2016.
Negociado: 6.
De doña Mónica Fernández Vera.
Contra Global Leiva, SLU.
Edicto Doña Clara López Calvo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número trece de Málaga, Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 468/2016, se ha acordado citar a Global Leiva, SLU, como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 26 de septiembre de 2016, a las 10:40 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Ciudad de la Justicia, calle Fiscal Luis Portero, sin número, 3. planta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se la cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a Global Leiva, SLU, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Málaga, a 14 de julio de 2016.
La Letrada de la Administración de Justicia, Clara López Calvo.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 2 DE MÁLAGA
Procedimiento: Despidos/ceses en general 408/2016.
Negociado: T3.
De doña Rosa María Romero Rojo.
Abogada doña María Rosa Sánchez Peña.
Contra Elanco Instalaciones, Sociedad Limitada y Fogasa.
Edicto Doña Concepción Hervás del Valle, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 408/2016, a instancia de la parte actora doña Rosa María Romero Rojo contra Elanco Instalaciones, Sociedad Limitada y Fogasa sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
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Decreto Letrada de la Administración de Justicia doña Concepción Hervás del Valle.
En Málaga, a 30 de junio de 2016.
Antecedentes de hecho Primero. Doña Rosa María Romero Rojo, presentó demanda de Extinción contrato por causas objetivas frente a Elanco Instalaciones, Sociedad Limitada y Fogasa.
Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 408/2016.
Fundamentos de derecho Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82,1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por la señora Letrada de la Administración de Justicia.
Segundo. La parte actora ha solicitado la práctica de pruebas, que, habiendo de practicarse en el acto de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la LPL, requieren de diligencias de citación y requerimiento previos.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva Dispongo Admitir la demanda presentada.
Señalar el próximo 29 de noviembre de 2016 a las 11:00 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en calle Fiscal Luis Portero García, sin número, Ciudad de la Justicia Málaga, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante la Letrada de la Administración de Justicia.
Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la Letrada de la Administración de Justicia en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
De conformidad con el artículo 18 de la LRJS, y en el caso de que las partes no vayan a comparecer por sí mismas en este procedimiento, requiéraseles al objeto de conferir representación a las personas mencionadas en dicho artículo mediante poder otorgado por comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia o por escritura pública, debiendo realizarse en días hábiles siguientes a la recepción del presente y siempre con antelación a los actos de conciliación y juicio señalados, con apercibimiento de que de no verificarlo en dicho término, se procederá al dictado de resolución oportuna.
Si pretende solicitar la designación de abogado y procurador de oficio, deberá efectuarlo dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la demanda, o del Decreto de admisión de la demanda y citación o de la Cédula de emplazamiento citación.
Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba documental, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, si los