Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/8/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 4 de agosto de 2016
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE MÁLAGA
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LABORAL
Convenio o acuerdo: Grúas Adolfo Álvarez, Sociedad Limitada.
Expediente: 29/01/0062/2016.
Fecha: 23 de junio de 2016.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Código: 29100212012012.
Visto el texto del acuerdo de fecha 1 de marzo de 2016, de la comisión negociadora y visto el texto del convenio colectivo de la empresa Grúas Adolfo Álvarez, Sociedad Limitada, con expediente REGCON número 29/01/0062/2016 y código de acuerdo 29100212012012 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010
de 28 de mayo BOE número 143 de 12 de junio de 2010, esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo acuerda:
1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.
2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Málaga, 28 de junio de 2016.
La Delegada Territorial, María Francisca Montiel Torres.
II CONVENIO COLECTIVO EMPRESA
GRÚAS ADOLFO ÁLVAREZ, SOCIEDAD LIMITADA
CONVENIO COLECTIVO
Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Partes que conciertan el convenio Artículo 2. Ámbito funcional, personal y territorial Artículo 3. Ámbito temporal Artículo 4. Denuncia y prórroga Artículo 5. Comisión paritaria Artículo 6. Vinculación a la totalidad Artículo 7. Acoso por razón de sexo Artículo 8. Acoso laboral, psicológico o mobbing Capitulo II. Organización del trabajo. Principios generales Artículo 9. Dirección del trabajo Artículo 10. Cumplimiento del trabajo Artículo 11. Declaración de principios sobrei gualdad y no discriminación y buena fe Capítulo III. Clasificación profesional y normas generales sobre prestación de trabajo Artículo 12. Movilidad funcional Artículo 13. Grupos profesionales Artículo 14. Definición de categorías profesionales Capítulo IV. Contrato. Tipos y duración Artículo 15. Contratación Artículo 16. Tipos de contrato Artículo 17. Período de prueba Artículo 18. Baja voluntaria Capítulo V. Jornada, descansos y vacaciones Artículo 19. Jornada de trabajo Artículo 20. Cómputos de jornada de trabajo Artículo 21. Horario de trabajo y puntualidad Artículo 22. Compensación tiempo de desplazamiento
Número 149
Articulo 23. Cómputo y liquidación de las horas extraordinarias Artículo 24. Vacaciones Artículo 25. Permisos y licencias Capitulo VI. Retribuciones Artículo 26. Estructura salarial Artículo 27. Complemento de antigedad Artículo 28. Incentivo festivo Artículo 29. Plus de nocturnidad Artículo 30. Gratificaciones extraordinarias Artículo 31. Incapacidad temporal Artículo 32. Indumentaria Artículo 33. Plus de asistencia Artículo 34 Plus de transporte Artículo 35 Pago del salario Artículo 36. Retribuciones en especie Artículo 37. Dietas Artículo 38. Ayuda compensatoria por comidas en plaza Artículo 39. Inaplicación del convenio Capítulo VII. Movilidad geográfica Artículo 40. Traslados Artículo 41. Desplazamientos Capítulo VIII. Régimen disciplinario Artículo 42. Concepto de infracciones o faltas Artículo 43. Faltas leves Artículo 44. Faltas graves Artículo 45. Faltas muy graves Artículo 46. Sanciones Artículo 47. Prescripción Artículo 48. Multas de las normas de tráfico, circulación y seguridad vial Artículo 49. Retirada del permiso de conducir Capítulo IX. Acción sindical Artículo 50. Representación legal de los trabajadores y derechos y deberes sindicales Capítulo X. Salud laboral Artículo 51. Seguridad y salud laboral Artículo 52. Vigilancia de la salud Capítulo XI. Mejoras sociales Artículo 53. Póliza de accidentes Artículo 54. Formación Disposición adicional única Anexo I. Documento de conformidad multiobra Anexo II. Tablas salariales, tabla de horas extraordinarias CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículo 1. Partes que conciertan el convenio El presente convenio colectivo se ha suscrito por la empresa Grúas Adolfo Álvarez, Sociedad Limitada y la representación legal de los trabajadores de la empresa.
Ambas partes tienen capacidad suficiente conforme establecen las disposiciones legales para establecer los ámbitos de aplicación indicados en el artículo siguiente.
Artículo 2. Ámbito funcional, personal y territorial El presente convenio colectivo será de aplicación de la empresa Grúas Adolfo Álvarez, Sociedad Limitada, cuya actividad principal es el alquiler de grúas móviles autopropulsadas, según las definiciones establecidas en el RD 837/2003, de 27 de junio que aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención RCL 19852920; ApNDL 589, referente a grúas móviles autopropulsadas.