Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 3/8/2012

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 3 de agosto de 2012

Número 150

Edicto
Edicto
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 72.1/2012 a instancia de la parte actora, Yoana Blagoeva Kamenska contra Sarrou Mosaab sobre pieza separada se ha dictado resolución de fecha 17 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Doña Celia Martín Peñalver, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número diez de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 52/2011 a instancia de la parte actora don José Javier Pardo Jurado, contra Península Projet Management, Sociedad Limitada sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 21 de febrero de 2011, del tenor literal siguiente:
Auto: En Málaga, a 21 de febrero de 2011.
Dada cuenta y;

Parte dispositiva Dispongo: Declarar al ejecutado Sarrou Mosaab con NIE:
X9131266J en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 4.778,92 euros de principal, más 764,62 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.
De conformidad con el artículo 276.5 de la LRJS, una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que se haga contar la declaración efectuada.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de Revisión ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número 2955 0000 64 0072
12, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "30"
y "Social-Reposición", de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número 07 de Málaga, y en "Observaciones" se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código "30" y "SocialReposición".
El Secretario.
Y para que sirva de notificación al demandado Sarrou Mosaab actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 13 de junio de 2012.
El Secretario Judicial firma ilegible.
8 7 2 9 /1 2
D

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 10 DE MÁLAGA
Ejecución de títulos judiciales 52/2011.
Negociado: 6
De don José Javier Pardo Jurado.
Contra Península Projet Management, Sociedad Limitada.

Hechos Primero. En los autos de referencia, seguidos a instancia de don José Javier Pardo Jurado, contra Peninsula Projet Management, Sociedad Limitada, se dictó resolución judicial en fecha 29 de octubre de 2009, por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma.
Segundo. Dicha resolución judicial es firme.
Tercero. Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad líquida, objeto de la condena, en el plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia.
Razonamientos Juridicos Primero. Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de procesos, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.3
de la Constitución Española y artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 235 de L.P.L. y 545 de la L.E.C, si el título ejecutivo consiste en resoluciones judiciales, resoluciones dictadas por el Secretario Judicial al que esta Ley le reconozca el carácter de título ejecutivo, se dictará auto que contenga orden general de ejecución y despacho de la misma por el Tribunal que conoció del asunto en primera instancia.
Parte Dispositiva Su señoria ilustrísima dijo: Se despacha ejecución a favor de don José Javier Pardo Jurado, contra Península Projet Managent, Sociedad Limitada, por la cantidad de 1.555,96 euros en concepto de principal, y de 311,20 euros presupuestados para gastos y costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así, por este auto, lo acuerda, mando y firma la ilustrísima señora doña María Rosario Muñoz Enrique, Magistrada-Jueza del Juzgado de los Social número diez de Málaga. Doy fe.
La Magistrada-Jueza. La Secretaria.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada Península Projet Management, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 25 de junio de 2011.
La Secretaria Judicial firma ilegible.
8 7 3 7 /1 2
D

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 3/8/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data03/08/2012

Conteggio pagine32

Numero di edizioni6118

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione03/07/2026

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2012>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031