Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/6/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de junio de 2012
Número 110
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
Página 5
De don Ismael Álvarez Sánchez.
Contra Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada.
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 173/2011.
Negociado: X.
Sobre otros.
De doña Beatriz Páez Valeria.
Contra Auto Chapa y Pintura las Medranas, Sociedad Limitada.
Edicto Don César-Carlos García Arnaiz, Secretario del Juzgado de lo Social número doce de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 173/2011, a instancia de la parte actora doña Beatriz Páez Valeria contra Auto Chapa y Pintura las Medranas, Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, de fecha 23 de abril de 2012, del tenor literal siguiente:
Decreto. Secretario Judicial don César-Carlos García Arnaiz.
En Málaga, a 23 de abril de 2012.
Antecedentes de hecho Primero: Doña Beatriz Páez Valeria ha presentado demanda de ejecución frente a Auto Chapa y Pintura las Medranas, Sociedad Limitada.
Segundo: Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha por un total de 3.976,95 euros en concepto de principal.
Tercero: No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
Fundamentos de derecho Único. Disponen los artículos 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Auto Chapa y Pintura las Medranas, Sociedad Limitada, en situación de insolvencia total por importe de 3.976,65 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
El Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación a la demandada Auto Chapa y Pintura las Medranas, Sociedad Limitada, con CIF número B92289123, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOP, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 23 de abril de 2012.
El Secretario Judicial firma ilegible 5 8 2 1 /1 2
D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
Procedimiento: 389/11.
Ejecución número: 76/2012. Negociado: BF.
Edicto El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número doce de Málaga Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 76/2012, sobre ejecución, a instancia de don Ismael Álvarez Sánchez contra Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada, en la que con fecha 23 de abril de 2012, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Auto. En Málaga, a 23 de abril de 2012.
Dada cuenta y;
Hechos Primero: En los autos de referencia, seguidos a instancia de don Ismael Álvarez Sánchez contra Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada, se dictó resolución judicial en fecha 13 de enero de 2012, por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma.
Segundo: Dicha resolución judicial es firme, habiendo transcurrido más de veinte días desde su notificación a la demandada.
Tercero: Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad objeto de condena.
Cuarto: La parte demandada se encuentra en paradero desconocido.
Parte dispositiva Su Señoría Ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 30.742,67 euros en concepto de principal, más la de un 10% presupuestado para intereses, gastos y costas, y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada, en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.
Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y a la Agencia Tributaria a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.
Realícense las averiguaciones a través de la aplicación informática de la Dirección General de Tráfico, Tesorería General de la Seguridad Social y Registro Mercantil Central.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad artículo 239.4
LRJS.
Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señora Concepción Isabel Núñez Martínez, Magistrada-Jueza del Juzgado de lo Social número doce de Málaga. Doy fe.
La Magistrada-Jueza. El Secretario.
Y para que sirva de notificación en forma a don Ismael Álvarez Sánchez, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
El Secretario Judicial firma ilegible 5 8 2 2 /1 2
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