Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/6/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de junio de 2012

trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Málaga, a 24 de abril de 2012.
El Secretario Judicial firma ilegible 5 8 1 1 /1 2
D

Número 110

autos, sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
El Secretario Judicial firma ilegible 5 8 1 7 /1 2
D

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
Procedimiento: 1169/10.
Ejecución número: 74/2012. Negociado: BF.
De don Francisco Córdoba Poveda.
Contra Cerrajería Metálica Costa del Sol, Sociedad Limitada.
Edicto El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número doce de Málaga Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 74/2012, sobre ejecución, a instancia de don Francisco Córdoba Póveda contra Cerrajería Metálica Costa del Sol, Sociedad Limitada, en la que con fecha 18 de abril de 2012, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Auto: En Málaga, a 18 de abril de 2012.
Dada cuenta y;
Hechos Primero: En los autos de referencia, seguidos a instancia de don Francisco Córdoba Poveda contra Cerrajería Metálica Costa del Sol, Sociedad Limitada, se dictó resolución judicial en fecha 10 de marzo de 2011, por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma.
Segundo: Dicha resolución judicial es firme, habiendo transcurrido más de veinte días desde su notificación a la demandada.
Tercero: Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad objeto de condena.
Cuarto: La parte demandada se encuentra en paradero desconocido.
Parte dispositiva Su Señoría Ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por los trámites de los artículos 276 y siguientes de la LRJS, quedando pendiente de señalamiento la comparecencia prevista para el incidente de no readmisión.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, precripción y otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad artículo 239.4
LRJS.
Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señora Concepción Isabel Núñez Martínez, Magistrada-Jueza del Juzgado de lo Social número doce de Málaga. Doy fe.
La Magistrada-Jueza. El Secretario.
Y para que sirva de notificación en forma a Cerrajería Metálica Costa del Sol, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de
Procedimiento: 133/11.
Ejecución número: 191/2011. Negociado: MZ.
De don Andrés Serralvo Lucena y don Raúl Vargas Cornello.
Contra Novapin, Sociedad Limitada.
Edicto Don César-Carlos García Arnaiz, Secretario del Juzgado de lo Social número doce de Málaga Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 191/2011, dimanante de autos número 133/11, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Andrés Serralvo Lucena y don Raúl Vargas Cornello contra Novapin, Sociedad Limitada, habiéndose dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Decreto. Secretario Judicial don César-Carlos García Arnaiz.
En Málaga, a 20 de abril de 2012.
Antecedentes de hecho Primero: Don Andrés Serralvo Lucena y don Raúl Vargas Cornello han presentado demanda de ejecución frente a Novapin, Sociedad Limitada.
Segundo: Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 15
de noviembre de 2011, por un total de 103.482,00 euros en concepto de principal, más el 10% presupuestado para intereses legales y costas.
Tercero: No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Novapin, Sociedad Limitada, en situación de insolvencia total por importe de 103.482,00 euros en concepto de principal, más el 10% presupuestado para intereses legales y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente.
El Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación en forma a Novapin, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en Málaga, a 20 de abril de 2012.
El Secretario Judicial firma ilegible 5 8 1 8 /1 2
D

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/6/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/06/2012

Conteggio pagine32

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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