Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 24

BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA8 de agosto de 2002

Número 152

Anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días para subsanación de errores y reclamaciones, que de no producirse se tendrá por elevada a definitiva.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se determinará, asimismo, la fecha, lugar y hora de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

La duración máxima de la fase de oposición, contando desde la fecha del primer ejercicio, será de dos meses.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas.
Durante el desarrollo de los ejercicios no se permitirá el uso de teléfonos móviles.

Quinta. Tribunal calificador.
El Tribunal calificador del concurso-oposición estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza, designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.
El Concejal-Delegado de Urbanismo.
El Concejal-Delegado de Planificación y Gestión del Territorio.
Un funcionario del Ayuntamiento.
Un Arquitecto municipal.
Un representante sindical de los funcionarios.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal quedará integrado, además, por los miembros suplentes respectivos, que serán designados conjuntamente con los titulares.
Los miembros del Tribunal, cuando concurran a las sesiones que celebre, percibirán las indemnizaciones previstas de acuerdo con la normativa que regule esta materia.

Novena. Calificación de los ejercicios.
Cada ejercicio de la fase de oposición será eliminatorio y calificado hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.
El número total de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio.
La calificación final estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.

Sexta. Procedimiento de selección.
La selección de los aspirantes se hará mediante el sistema de concurso-oposición.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y se valorará hasta un cuarenta por ciento sobre la puntuación total de la convocatoria, de acuerdo con el baremo del anexo de esta convocatoria. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La calificación de los méritos alegados por los aspirantes se efectuará por el Tribunal con antelación al comienzo de los ejercicios de la fase de oposición, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento antes del comienzo de aquéllos.
Los méritos alegados deberán acreditarse mediante documentos originales o fotocopias compulsadas de los documentos que los acrediten.
Séptima. Ejercicios de la oposición.
Primer ejercicio: Contestar a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas sobre el programa de materias que figura como anexo de esta convocatoria, en un tiempo no superior a sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Realización, durante un tiempo máximo de noventa minutos, de un supuesto práctico que planteará el Tribunal, relativo a tareas inherentes al puesto de trabajo a desempeñar en el que se podrá hacer uso de las nuevas tecnologías. El ejercicio será realizado ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo aquél dirigirse al candidato al final del mismo para aclarar cuestiones relacionadas con la realización del mismo, valorándose los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y calidad de la exposición.
Octava. Desarrollo de la oposición.
La fecha, hora y lugar en que comenzarán los ejercicios serán anunciados como mínimo con quince días de antelación, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
La fecha de celebración del resto de los ejercicios se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Cuando no se celebren todos los ejercicios en el mismo día, los opositores serán convocados por todos y cada uno de ellos en llamamiento único, siendo excluidos de las pruebas selectivas los aspirantes que no comparezcan.

Décima. Calificación definitiva.
La calificación definitiva del concurso-oposición se obtendrá sumando la puntuación de cada aspirante en la fase de concurso a la calificación final de los ejercicios en la fase de oposición.
Undécima. Publicidad de las calificaciones.
Finalizado cada ejercicio y una vez calificado éste, serán hechos públicos los resultados mediante anuncios suscritos por el Secretario del Tribunal, con el visto bueno del Presidente, que se expondrán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y local de celebración de las pruebas.
Del mismo modo, concluido el proceso selectivo se publicará la calificación definitiva, no pudiendo el Tribunal seleccionar a más de uno de los aspirantes, por ser éste el número de plazas convocadas, sin que pueda declarar que han superado la selección un número superior de aspirantes y declarando seleccionado al que haya alcanzado la máxima puntuación de las obtenidas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fuesen, otorgan ningún derecho a los aspirantes, salvo al declarado aprobado por el Tribunal.
El Tribunal elevará estas calificaciones en forma de propuesta al Presidente de la Corporación, para que efectúe el correspondiente nombramiento.
Duodécima. Nombramiento y toma de posesión.
Si en el plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación de las calificaciones, salvo caso de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase la documentación o no acreditase reunir los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición.
Efectuado el nombramiento por la Alcaldía, el nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación. Si no toma posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, decaerá en su derecho.
Decimotercera. Resoluciones del Tribunal. Impugnaciones.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, puede proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 102 y ss. de la Ley 30/1992, en cuyo caso habrían de practicarse nuevamente las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.
Tanto la presente convocatoria como sus bases y los actos administrativos que derivan de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 30/1992.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/08/2002

Conteggio pagine36

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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