Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2002
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 152
BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 8 de agosto de 2002
39. Los microordenadores: Conceptos básicos. Hardware: Principales componentes físicos, sus periféricos. Software básico: Sistemas y entornos gráficos operativos, especial referencia a DOS y Windows.
Redes de microordenadores y comunicaciones informáticas. Operaciones básicas de mantenimiento y seguridad de los sistemas y de la información.
40. Tipología de los sistemas ofimáticos: Sistemas gestores de bases de datos, sistemas de trabajo en grupo, sistemas de tratamiento almacenamiento y archivo de documentos, hojas de cálculo, diseño de gráficos de oficina, agendas y organizadores personales.
Estepona, 3 de julio de 2002.
La Alcaldesa, P. D. de firma Resolución de 23-1-02, firmado:
Francisco Juan Caravaca Muñoz.
Bases para la selección por el sistema de concurso-oposición de una plaza de Técnico en Recursos Humanos Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es la provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Recursos Humanos, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, con el sueldo correspondiente al grupo B, por el sistema de turno libre, mediante concurso-oposición, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril;
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio. La plaza objeto de cobertura figura incluida en la ampliación de la oferta de empleo público para el año 2002.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo establecido en la Ley 17/1993, de 3 de diciembre, y el R.D. 543/2001, de 18 de mayo.
b. No haber estado separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
c. Estar en posesión del título de Graduado Social Diplomado o Diplomado en Relaciones Laborales o en condiciones de obtenerlo d. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e. Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación Tercera. Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación y se presentarán en el Registro General de la misma o por medio de alguno de los sistemas previsto en el art. 38 de la Ley 30/1992.
Los candidatos deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 10 , en concepto de derechos de examen. El pago se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante ingreso en metálico en la cuenta corriente del Ayuntamiento número 2103 3014 16
3112000057 de UNICAJA, sucursal de Estepona, o bien mediante giro postal o telegráfico dirigido a la Tesorería Municipal, sita en la Avenida del Carmen, s/n, Edificio Puertosol, de Estepona, haciendo constar en cualquier caso que el ingreso se hace en concepto de derechos de examen para participar en las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Técnico de Recursos Humanos. A la instancia o solicitud de participación en la convocatoria se deberá adjuntar resguardo del ingreso de la oficina bancaria o del giro, según corresponda, en el que deberá constar el nombre y apellidos, plaza a que se opta e importe ingresado. La falta de acreditación del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del solicitante, y a su vez, el pago de los
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derechos de examen no supondrá en ningún caso la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la instancia o solicitud de participación. Los derechos de examen abonados no serán devueltos cuando los candidatos resulten excluidos de la relación o lista definitiva de admitidos por errores o defectos cometidos por el propio aspirante o por causas imputables al mismo, tales como no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria.El plazo de presentación será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días para subsanación de errores y reclamaciones, que de no producirse se tendrá por elevada a definitiva.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se determinará, asimismo, la fecha, lugar y hora de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
Quinta. Tribunal calificador.
El Tribunal calificador del concurso-oposición estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue Vocales: Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza, designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía El Interventor Municipal El Concejal-Delegado de Personal Un representante sindical de los funcionarios Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal quedará integrado, además, por los miembros suplentes respectivos, que serán designados conjuntamente con los titulares.
Los miembros del Tribunal, cuando concurran a las sesiones que celebre, percibirán las indemnizaciones previstas de acuerdo con la normativa que regule esta materia.
Sexta. Procedimiento de selección.
La selección de los aspirantes se hará mediante el sistema de concurso-oposición.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y se valorará hasta un cuarenta por ciento sobre la puntuación total de la convocatoria, de acuerdo con el baremo del anexo de esta convocatoria. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La calificación de los méritos alegados por los aspirantes se efectuará por el Tribunal con antelación al comienzo de los ejercicios de la fase de oposición, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento antes del comienzo de aquéllos.
Los méritos alegados deberán acreditarse mediante documentos originales o fotocopias compulsadas de los documentos que los acrediten.
Séptima. Ejercicios de la oposición.
Primer ejercicio: Contestar a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas sobre el programa de materias que figura como anexo de esta convocatoria, en un tiempo no superior a sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Exposición por escrito, durante un tiempo máximo de noventa minutos, de un supuesto práctico que planteará el Tribunal, relativo a tareas inherentes al puesto de trabajo a desempeñar. El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo aquél dirigirse al candidato al final del mismo para aclarar cuestiones relacionadas con la exposición, valorándose los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y calidad de la expresión escrita.