Home » Gazzette Ufficiali » Málaga » Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1) » 08/08/2021
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 8/8/2021 (Suplemento 1)
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 151
Viernes, 6 de agosto de 2021
Página 57
Duodécima. Penalizaciones por incumplimiento Se considerarán infracción toda acción u omisión por parte del titular de la autorización que suponga la vulneración de las obligaciones establecidas en las presentes bases, y demás normas de general aplicación.
Las infracciones se clasificarán en leves, graves o muy graves atendiendo a las circunstancias concurrentes siendo, en todo caso, muy graves aquellas actuaciones que provoquen una alteración en el normal funcionamiento de las actividades municipales que se desarrollan el Centro Cultural Padre Manuel, o en algunas de sus aulas o instalaciones, o que supongan perturbación de la normal utilización por los demás usuarios de las instalaciones. Serán en todo caso graves el incumplimiento de las obligaciones previstas en las letras a c d e y i de la base undécima.
Sin perjuicio, en todo caso, de resarcir los daños causados al domino público municipal, las faltas leves se sancionarán con una multa de hasta 50 euros; las graves con una multa de 51 a 100 euros, y las faltas muy graves de 101 a 300 euros.
Todas las sanciones se impondrán previo expediente con audiencia al interesado.
Estepona, 8 de julio de 2021.
La Teniente de Alcalde del Área Socio-Cultural, María Begoña Ortiz Morales.
6362/2021
D
Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
CVE: 20210806-06362-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
para la extinción de las autorizaciones el incumplimiento grave de cualquier de las obligaciones impuestas al titular en la base anterior.
En todo caso, el Ayuntamiento se reserva el derecho de dejar sin efecto la autorización antes del vencimiento, si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público o por cambio de uso de las infraestructuras municipales licitadas, sin derecho a indemnización.