Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 9/11/2016 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Página 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 9 de noviembre de 2016

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de en el plazo de los días hábiles siguientes al de su notificación.
Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor Juan de Dios Camacho Ortega, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número once de Málaga. Doy fe.
El Magistrado-Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Demelsa Fernández Campos, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.
Dado en Málaga, a 11 de octubre de 2016.
El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Villalobos Sánchez.
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JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento. Ejecución de títulos judiciales 148/2016.
Negociado: C3.
De doña Josefa Sánchez Madrona.
Contra Medi Bakery, Sociedad Limitada.
Edicto Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número siete de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 148/2016, a instancia de la parte actora doña Josefa Sánchez Madrona contra Medi Bakery, Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto de fecha 4 de octubre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva Su señoría ilustrísima dijo: No ha lugar a despachar ejecución a favor de doña Josefa Sánchez Madrona y contra Medi Bakery, Sociedad Limitada. Procédase al archivo de la demanda ejecutiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado en Banco Santander, número 2955000064 014816, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L. O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia habrá de hacerse en la cuenta del Santander ES 55 0049 3569 9200 0500
1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16
dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código 30 y SocialReposición.
Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número siete de Málaga. Doy fe.
El Magistrado-Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación a la demandada Medi Bakery, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el
Número 213

presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 10 de octubre de 2016.
El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Carlos Ruiz Zamora.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 4 DE MÁLAGA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 210/2015.
Negociado: T3.
De don Pedro Alcántara Mateos.
Abogada: Doña Tamara Isabel Cuenca Flores.
Contra Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima; Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, y Fogasa.
Abogado: Don Eduardo Luis Paredes Ramírez.
Edicto El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 210/2015, sobre procedimiento ordinario, a instancia de don Pedro Alcántara Mateos contra Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima; Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, y Fogasa, en la que con fecha se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Sentencia número 374/16.
En la ciudad de Málaga, a 6 de octubre 2016.
Fallo: Que, estimando la demanda formulada por don Pedro Alcántara Mateos contra la empresa Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la citada demandada al pago a la parte actora de la cantidad de 8.152,55 euros.
Incorpórese esta sentencia al libro correspondiente, librándose testimonio para constancia en autos. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la ilustrísima Sala de lo Social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el que deberá anunciarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de este fallo. Y asimismo, si no fuese el recurrente trabajador o demandado que tenga a su favor el beneficio de justicia gratuita, tiene la obligación de verificar los depósitos y consignaciones, debiendo consignar, en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la sucursal de Banco Banesto, el importe de la condena así como la cantidad de 300 euros.
Así, por esta sentencia, lo mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora Magistrada-Jueza que la ha dictado constituida en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Málaga, a 10 de octubre de 2016.
La Secretaria Judicial, María Caballero Redondo.
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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 9/11/2016 (Suplemento 1)

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaeseSpagna

Data09/11/2016

Conteggio pagine16

Numero di edizioni4688

Prima edizione20/02/2001

Ultima edizione27/08/2026

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