Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco del 20/9/2018

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Source: Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco

BOLETIN LABORAL

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL VALLE CUAUTITLAN-TEXCOCO
Tlalnepantla de Baz a 20 de Septiembre del 2018

TOMO I

AÑO XXII

No. 166

JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIEZ
EXPEDIENTE: J.10/122/2008
ESTEBAN ESTRADA RAMIREZ VS. SILVERIO ALFREDO OSORIO CHAVEZ
Y/O.- se notifica a las partes acuerdo de fecha 12/07/2018, mediante el cual se le autorizan las copias de las constancias procesales que solicita, ello previo toma de razón y recibo que obre en autos.
EXPEDIENTE: J.10/399/2009
SILVANO JORGE ORTEGA RIVERA Y/OVS. AUTOTRANSPORTES MOCTEZUMA DE TEXCOCO S.A. DE C.V. Y/O.- se notifica a las partes acuerdo de fecha 12/07/2018, mediante el cual no ha lugar acordar de conformidad con lo solicitado puesto que el seguimiento a dicho trámite le corresponde dar a la parte actora, dado que él es el interesado en que se configure el delito, para que así la autoridad competente este en posibilidad de fincar responsabilidad. Con la finalidad de dar cumplimiento al laudo referido se gira exhorto a la Junta de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México.
EXPEDIENTE: J.10/200/2012
CARLA IRENE GONZALEZ LOPEZ VS. SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DIF DEL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA
Y/O.- se notifica a las partes acuerdo de fecha 29/08/2018, mediante el cual se reconoce la personalidad de los licenciados Daniel Rivas Martínez y Wenceslao Antonio Sánchez en su carácter de apoderado legal de la parte actora, sin embargo se hace de conocimiento a la parte actora que para una mejor defensa legal en el presente juicio y atendiendo al principio de representación legal que todo gobernado debe tener en la instauración del juicio, la calidad de licenciados en Derecho o bien documento que acrediten por autoridad competente para el ejercicio de la profesión.
Por lo que hace a la apertura del incidente de liquidación no ha lugar acordar de conformidad lo solicitado en virtud de que en ningún momento la condena establece el pago de prestaciones por los años que refiere, puesto que únicamente en el considerando VI de la resolución establece la condena de reinstalación con las mejoras e incrementos salariales del cual ya fue satisfecho al ser reinstalada a la actora, al pago de salarios caídos hasta que se cumplimente la presente resolución y demás prestaciones que se encuentran debidamente notificadas, por lo que hace a la cuantificación de salarios caídos de esta Junta con elementos para su determinación sin que sea necesario la apertura del incidente solicitado.

EXPEDIENTE: J.10/282/2012
JOSE LUIS MANZANO GARCIA VS. GRUPO CONSTRUCTOR Y COMERCIALIZADOR DE ORIENTE, S.A. DE C.V. Y/O.- se notifica a las partes acuerdo de fecha 13/06/2018, mediante el cual en atención al oficio rendido por el Instituto de la Función Registral del Estado de México, ha emitido un acuerdo de fecha treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, en el que señala que es necesario realizar el pago de derechos correspondientes ante dicha institución, con lo anterior se da vista a la parte actora para que manifieste lo que a su derecho corresponda.
EXPEDIENTE: J.10/470/2013
MIRIAM TOMASA MUÑOS VARGAS VS. ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE
AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CHIMALHUACAN
Y/O.- se notifica a las partes acuerdo de fecha 20/08/2018, mediante el cual no ha lugar acordar de conformidad con lo solicitado a que se de vista al C. Agente del Ministerio Publico toda vez que no menciona para que efecto, además se encuentra a su disposición de la parte actora el expediente al rubro citado por encontrarse integro el mismo.
EXPEDIENTE: J.10/582/2014
MANUEL JAVIER ZETINA NAJERA VS. PATRUPA INDUSTRIAL S.A. DE C.V.
Y/O.- se notifica a las partes laudo de fecha 10/07/2018.
EXPEDIENTE: J.10/641/2015
ABRAHAM MOISES MATA VILLEGAS VS. MOTEL REAL CANTABRIA DE
CHALCO, S.A. DE C.V. Y/O.- se notifica a la parte actora acuerdo de fecha 07/09/2018, mediante el cual se señalan las 13:00 horas del día 25/10/2018 para que tenga verificativo la reinstalación del actor.
EXPEDIENTE: A.47J.10/171/2018
FRUTCAR, S.A. DE C.V. VS. ALEJANDRO TENORIO RODRIGUEZ Y/O.- se notifica a las partes acuerdo de fecha 15/08/2018, mediante el cual se reconoce la personalidad al promovente en términos del Instrumento Notarial Numero 18,901. Se le tiene por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones fuera de la residencia de la Junta por lo que las notificaciones posteriores de carácter personal le surtirán efectos por medio de boletín laboral. Y por autorizados para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona en su escrito.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
LIC. ARACELI YOLANDA ANAYA BARRON

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TitoloBoletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco

PaeseMessico

Data20/09/2018

Conteggio pagine39

Numero di edizioni1079

Prima edizione05/01/2017

Ultima edizione23/03/2023

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