Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 02/08/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
3854
2 de Agosto de 2021
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 147
En el caso de que la mercantil MIYA BIENESTAR Y OCIO, S.L. no fuere adjudicataria de la concesión, el que lo fuere, deberá abonar el precio del Proyecto a aquella, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del siguiente al de la noticación de la adjudicación.
La edicación, que para tal n se lleve a cabo, revertirá a favor del Ayuntamiento al término de la concesión sin contraprestación alguna por parte de éste al adjudicatario.
V. Publicidad del Pliego.- Estarán de maniesto todos los días hábiles en horario de 9,00 a 14,00
horas salvo los sábados, en el Dpto. de Patrimonio, o bien, en la página web de este Ayuntamiento en el perl del contratante .
VI. Garantía provisional y denitiva.- Los licitadores acreditarán la constitución de una garantía provisional equivalente al 2% del valor del espacio público a ocupar 7.157,70 € y el adjudicatario está obligado a constituir una garantía denitiva, equivalente al 4% del valor del espacio público a ocupar, 14.315,40 €.
VII.- Presentación de Proposiciones.- Los licitadores solamente podrán presentar una proposición en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, a contar a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Ocial de la Provincia de Huelva y en la forma que se establece en la cláusula 11
del Pliego de Condiciones.
El Pliego y anuncio de licitación se publicarán también en el Perl del Contratante www.ayuntamientodealjaraque.es.
VIII.- Documentación a presentar..- La establecida en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas.
En Aljaraque a 18 de julio de 2021.- EL ALCALDE. Fdo.: David Toscano Contreras.
BOLLULLOS PAR DEL CONDADO
DECRETO
En uso de las facultades que me conere el art. 51 del vigente Código Civil que establece:
Será competente para autorizar el matrimonio:
1.- La Juez Encargada del Registro Civil y el Alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio o Concejal en quien delegue.
Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, atendiendo a razones de ecacia y celeridad en la gestión pública, RESUELVO:
PRIMERO.- Delegar en el Concejal del Ilmo. Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado D María Mercedes Cano Rosado la competencia para autorizar el matrimonio entre D. Juan Francisco López Larios y D Elena María Cruz Morales, a celebrar el próximo día 16 de octubre de 2021, en el Salón de Celebraciones El Cortijo, de esta ciudad.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Ocial de la Provincia de Huelva.
TERCERO.- Noticar el presente Decreto a D María Mercedes Cano Rosado a los efectos oportunos.
Bollullos par del Condado, a 14 de julio de 2021.- EL ALCALDE. Fdo.: RUBEN RODRIGUEZ
CAMACHO.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 02/08/2021 a las 00:00:03
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxs8tPWKaz5u0QT5USNyPFGsA== en https verifirma.diphuelva.es