Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/04/2024 - Sección Oficial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 08 de abril de 2024
2024, y CONSIDERANDO
QUE, oportunamente se estableció que el valor del duodécimo del ABAO se fijaría bimestralmente, de acuerdo a la variación en el poder adquisitivo de la moneda;
QUE, la inflación del mes de Enero de 2024 fue del 20,6% y la del mes de Febrero de un 13,2 %, lo que arroja un valor total acumulado en el bimestre de 36,5 %;
QUE, en atención a la evolución del índice inflacionario viene tomándose la postura de reducirlo aplicando un porcentaje menor así, para Enero y Febrero se redujo en un 21 %, decidiéndose para Enero y Febrero un Duodécimo de ABAO de $58.000;
QUE, si aplicáramos el índice inflacionario bimestral mencionado precedentemente de 36,5 %, y que proyectado hasta su efectivo pago superaría largamente los $80.000;
QUE, siguiendo con la finalidad de amortiguar el impacto, habida cuenta la evolución económica financiera de la institución, recomendamos efectuar una reducción de ese monto en beneficio de los afiliados;
QUE, de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto, EL H. CONSEJO SUPERIOR
RESUELVE
1 FIJAR el importe del Duodécimo del ABAO para los períodos de Marzo y Abril de 2024 en $75.000 PESOS SETENTA
Y CINCO MIL cada mes.
2 ABAO CUATRIMESTRE: determinar que para el periodo cuatrimestral Marzo-Junio de 2024, podrá abonarse de la siguiente forma:
a Los Afiliados que tengan cancelado Enero y Febrero de 2024, $300.000 el cuatrimestre.
b Los Afiliados que tengan cancelado Enero o Febrero de 2024, $375.000 el cuatrimestre.
c Los Afiliados que no tengan cancelado Enero y Febrero de 2024, $450.000 el cuatrimestre.
3 El vencimiento para efectuar cualquiera de los pagos establecidos en el artículo precedente se establece en fecha 30 de Abril de 2024.
4 De forma Juan Carlos Donsanto, Presidente; Gustavo D. Nadef, Gerente.
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