Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2014 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Provincia de Buenos Aires TRIBUNAL DEL TRABAJO N 3
Departamento Judicial La Plata
Provincia de Buenos Aires TRIBUNAL DEL TRABAJO N 3
Departamento Judicial La Plata POR 3 DÍAS - Destrucción de Expedientes. El Señor Presidente del Tribunal del Trabajo Nº 3 del Departamento Judicial de La Plata, Dr. Enrique Catani, hace saber que el 16 de mayo de 2014, a las 10.00 horas, se procederá a la destrucción de expedientes iniciados entre los años 1972 a 2002 paralizados antes del 02/03/11 y cuya última actuación data de más de diez años conforme Art. 1 res. 2.049/12, cuyo listado obra en Mesa de Entradas de la presente dependencia a disposición de los interesados, ello a los efectos de los Art. 120 y 121 de la Ac. 3.397.
C.C. 4.298 / may. 7 v. may. 9

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN
SANITARIA
POR 5 DÍAS - La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme por el Art. 66 de la Ley 7.647/70 la Resolución N 5.153/13, que a continuación se transcribe: La Plata 16 de abril de 2014.
Visto el expediente N 2900-59557/12 alcance 1, por el cual la Dirección de Fiscalización Sanitaria, gestiona la aplicación de sanciones ELIZABETH PERRAND, propietaria del Hogar Geriátrico El Portal de la Vida, sito en calle Ascasubi N 346, de la Localidad de Bernal, Partido de Quilmes, por infracción a las normas sanitarias vigentes, y considerando que mediante Acta de Inspección N 79655 de fecha 23 de marzo de 2013, obrante a fojas 1/2, se constató infracción a los Artículos 4- no posee habilitación Ministerialdel Decreto Ley N 7.314/67, 10 inciso cno posee plano aprobado- 11 -La cocina es servidumbre de paso hacia las habitaciones- 15 inciso cposee cielorrasos de madera a la vista- 72- no hay personal matriculado al momento de la inspección- 73- no posee office de enfermería- 75 -las habitaciones no poseen numeración correlativa- 78- los baños son insuficientes, faltan agarraderas- 84 inciso cfaltan azulejos en la cocina- 84 inciso f punto 2- No posee campana con extracción forzada- 87 inciso d -Faltan IIamadores en las habitacionesdel Decreto N 3.280/90 no posee depósito intermedio ni final de residuos patogénicos y 80 -no posee baño ni vestuario para el personalde la Ley N
1.1347 y los Decretos N 450/94 y 403/97; que la infractora no ha hecho uso de su derecho a presentar descargo de acuerdo al Artículo 2 del Decreto N 3707/98; que por lo expuesto procede hacer lugar a la gestión sancionatoria, en ejercicio del Poder de Policía Sanitaria que la Ley otorga a este Ministerio de conformidad con lo indicado por la Dependencia Técnica solicitante a fojas 7; que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 21 de la Ley N 13.757; Por ello, El Ministro de Salud Resuelve: Artículo 1. Aplicar a Elizabeth Perrand DNI N 22.878.845, propietaria del Hogar Geriátrico El Portal de la Vida, sito en calle Ascasubi N 346, de la Localidad de Bernal, Partido de Quilmes, una multa de pesos cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro con doce centavos $ 4.464,12, equivalente a tres 3 sueldos del Personal de la Administración Pública Provincial, con más la suma de pesos veintiséis con cincuenta centavos $ 26,50, en concepto de sellado y gastos de envío Artículo 61 del Decreto Ley Nº 7.647/70, por hallarse en infracción a los Artículos 4 del Decreto Ley N 7.314/67, 10
inciso c, 11, 15 inciso c, 72, 73, 75, 78, 84 inciso c, 84 inciso f punto 2 y 87 inciso d del Decreto N 3.280/90 y 80 de la Ley N 11.347 y los Decretos N 450/94 y 403/97, sanción que se dispone de acuerdo con lo establecido por el Artículo 2 del Decreto Ley N
8.841/77. Artículo 2. Intimar a Elizabeth Perrand para que dentro del plazo de diez 10
días a partir de la notificación de la presente, proceda a hacer efectivos los montos citados en el Artículo anterior en la cuenta N 229/7 de la Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, vencido el plazo estipulado los mismos quedarán sujetos a los intereses que correspondan a la época de su efectivo pago, ello bajo apercibimiento de dar intervención a la Fiscalía de Estado para promover la acción judicial pertinente. Artículo 3. Registrar, comunicar y pasar a la Dirección de Fiscalización Sanitaria a sus efectos.
Cumplido, archivar. Resolución N 5.153/13. Firmado por el Dr. Alejandro Federico Collia, Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
C.C. 4.302 / may. 7 v. may. 13


POR 5 DÍAS Castelar. SUSANA MARÍA TOUCEDA, transfiere a Magdalena Julia Cifarelli, Rubro: Lavadero automático de ropa, sito Almafuerte N 2597 Castelar, Pdo. Morón, Bs. As. Reclamos de Ley en el mismo.
Mn. 61.412 / abr. 30 v. may. 8


POR 5 DÍAS - Castelar. AGUIRRE NORBERTO JOSÉ
CUIT 20-14384145-7, transfiere habilitación a Lucas
PÁGINA 3293

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN
Y FISCALIZACIÓN SANITARIA

POR 3 DÍAS - Destrucción de Expedientes. El Señor Presidente del Tribunal del Trabajo Nº 3 del Departamento Judicial de La Plata, Dr. Enrique Catani, hace saber que el 16 de mayo de 2014, a las 10.00 horas, se procederá a la destrucción de expedientes iniciados entre los años 1972 a 2002 paralizados antes del 02/03/11 y cuya última actuación data de más de diez años conforme Art. 1 res. 2.049/12, cuyo listado obra en Mesa de Entradas de la presente dependencia a disposición de los interesados, ello a los efectos de los Art. 120 y 121 de la Ac. 3.397. Enrique Catani, Juez.
C.C. 4.284 / may. 7 v. may. 9

Transferencias
LA PLATA, JUEVES 8 DE MAYO DE 2014

POR 5 DÍAS - La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el Art. 66 de la Ley 7.647/70
la Resolución N 01897/13, que a continuación se transcribe: La Plata, 7 de marzo de 2013. Visto el expediente N 2900-127705/94 y agregado acumulado N 2900-45997/02, por el cual la Dirección de Fiscalización Sanitaria, gestiona la aplicación de sanciones a la firma Ferromed Junín SA, propietaria de la clínica FERROMED JUNÍN S.A., sita en Avenida Libertad y Sarmiento, de la Localidad y Partido de Junín, por infracción a las normas sanitarias vigentes, y considerando que mediante Actas de Inspección Nº 76413/14
de fecha 24 de julio de 2012 y N 75781 de fecha 2 de agosto de 2012, obrantes a fojas 556/557 y 560, se constató infracción a los Artículos 12 del Decreto Ley N 7.314/67 y 11
inciso b punto 6 -malas condiciones de aseo en cocina-, 16 inciso b -faltan mosquiteros-, 22 -faltan llamadores en habitaciones-, 38 incisos b y e -no posee extracción forzada, falta heladera comercial-, 45 -falta equipar el office de enfermería-, 47 inciso k falta mantenimiento, conservación, pintura e higieney 48 -no posee médico de guardiade la Resolución Ministerial N 4.157/91; Que a fojas 562/563 luce descargo presentado por Martín F. Molnar, en carácter de apoderado de la firma infractora, donde manifiesta haber solucionado o estar solucionando las deficiencias señaladas, y en cuanto a la ausencia de profesionales de la medicina, informa que sancionará al profesional contratado y que el director médico no realiza guardias en el establecimiento;Que dicho descargo no puede prosperar por cuanto el infractor, además de reconocer la mayoría de las irregularidades detectadas, no acompaña elementos probatorios que respalden sus dichos; Que por lo expuesto procede hacer lugar a la gestión sancionatoria, en ejercicio del Poder de Policía Sanitaria que la Ley otorga a este Ministerio de conformidad con lo indicado por la Dependencia Técnica solicitante a fojas 559 y 564; Que en tal sentido se ha expedido Delegación de la Asesoría General de Gobierno ante este Ministerio a fojas 566; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 21 de la Ley N 13.757; Por ello, El Ministro de Salud Resuelve: Artículo 1, Desestimar el descargo presentado por Martín F. Molnar, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. Artículo 2. Aplicar a la firma Ferromed Junín S.A., propietaria de la clínica Ferromed Junín S.A., sita en Avenida Libertad y Sarmiento, de la Localidad y Partido de Junín, una multa de pesos veinte mil trescientos nueve con ochenta y cinco centavos $ 20.309,85 equivalente a quince 15 sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial, con más la suma de pesos veintiséis con cincuenta centavos $ 26,50, en concepto de sellado y gastos de envío Artículo 61 del Decreto Ley N 7.647/70, por hallarse en infracción a Ios Artículos 12 del Decreto Ley N 7.314/67 y 11 inciso b punto 6, 16 inciso b, 22, 38 incisos b y e, 45, 47 inciso k y 48 de la Resolución Ministerial N
4.157/91, sanción que se dispone de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N 8.841/70; Artículo 3. Intimar a la firma Ferromed Junín S.A., para que dentro del plazo de diez 10 días a partir de la notificación de la presente, proceda a hacer efectivos los montos citados en el Artículo anterior en la cuenta N 229/7 de la Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, vencido el plazo estipulado los mismos quedarán sujetos a los intereses que correspondan a la época de su efectivo pago, ello bajo apercibimiento de dar intervención a la Fiscalía de Estado para promover la acción judicial pertinente. Artículo 4. Clausurar el establecimiento mencionado en el Artículo 2, por hallarse en infracción a las normas reglamentarias citadas en el mismo, sanción que se dispone de acuerdo con lo establecido por el Artículo 40 de la Ley N 5.116. Artículo 5.
Dejar establecido que la clausura dispuesta por el Artículo anterior, quedará sin efecto si el funcionario interviniente comprueba que han sido subsanadas las deficiencias que motivaron la sanción. Artículo 6. Registrar, comunicar y pasar a la Dirección de Fiscalización Sanitaria a sus efectos. Cumplido, archivar. Resolución N 101897/13.
Firmado por el Dr. Alejandro Federico Collia, Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
C.C. 4.303 / may. 7 v. may. 13

COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN MARTÍN
POR 1 DÍA Notificación. El Colegio de Abogados del Departamento Judicial San Martín, hace saber que habiendo resultado infructuosa la notificación cursada a los domicilios registrados de los letrados que siguientemente se detallan, se hace efectiva por este medio la notificación de Exclusión en la Matrícula por falta de pago Art. 53, 2 párrafo Ley 5.177 T.O. Leyes 12.277 y 12.548, dispuesta el día 12 de noviembre de 2013, según Acta N 1224. SÁEZ MÓNICA LUCÍA Tomo VIII Folio 460, GÓMEZ ADRIANA INÉS
Tomo X Folio 66, GORDERO VERÓNICA ANALÍA Tomo XII Folio 275, LETCHE MARCOS
ANDRÉS Tomo XIII Folio XIII, Folio 212, BONILLA NATALIA ANDREA Tomo XIV Folio 183, GONZÁLEZ ABAD BEATRIZ JORDANA Tomo XVI Folio 56, ZABALA ENRIQUE MANUEL
Tomo XVI Folio 404, MEDORI CHRISTIAN MARCELO Tomo XVII Folio 373, PUGH
ANDREA MARIANA Tomo XVII Folio 389, BLANCO MOLL MARIO GINO Tomo XVII Folio 421. Víctor Manuel M. Di Salvo, Secretario General.
S.M. 51.889

Matías Tabeira, CUIT 20-28150511-8 y a Daniel Ernesto Martínez CUIT 20-32696394-2, Fiambrería, despensa, venta de pastas frescas envasadas en origen inscripción 73700, superficie: 53.8 m2, sita en Inocencia Arias 3306, Castelar, partido de Morón. Reclamos de Ley en el mismo.
Mn. 61.394 / abr. 30 v. may. 8


POR 5 DÍAS San Miguel. Transfiere fondo de Comercio Rubro Restaurante y Parrilla. El Sr. ZHUANG
FANGPING DNI 94.910.633 a Maclame S.R.L. sito en Pte.
Perón 307/305 de San Miguel.
S.M. 51.848 / abr. 30 v. may. 8

POR 5 DÍAS Avellaneda. En cumplimiento de lo establecido por el Art. 2 de la Ley 11.867 La Sra. KARINA SOFÍA
VILLAFAÑE, D.N.I. Nº 32.460.333 domicilio calle Alsina Nº 282 Avellaneda, Buenos Aires. Anuncia transferencia de Fondo de Comercio a favor de Valeria Yanina Fernández, DNI 34.137.833 y Lucas Damián Fernández, DNI
35.944.893 con domicilio legal en calle Adolfo Alsina 1609
piso 10 Of. 69 de la C.A.B.A. Destinado al rubro Salón de fiestas ubicado en calle Alsina 282 Avellaneda, Provincia de Buenos Aires. Para reclamos de Ley se fija el domicilio calle Adolfo Alsina 1609 piso 10 oficina 69 C.A.B.A. Tel. 42742979 /154-439-3222. Dra. María Fernanda Pérez Georgieff.
L.P. 18.680 / abr. 30 v. may. 8

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2014 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data08/05/2014

Conteggio pagine28

Numero di edizioni3396

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione19/06/2024

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