Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/05/2024 - Sección Judicial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 07 de mayo de 2024

12.576 $7.129,37 $78.423,16. Total $3.319.050,28 S.E.U.O". Firmado: Dr. Heredia Gandini Mariano Andrés. Auxiliar Letrado. San Isidro, 27 de febrero de 2024: Liquidación que practica el Actuario de conformidad a lo dispuesto en el punto 5 de la sentencia de fs. 95 respecto a los honorarios de los profesionales intervinientes. Dr. Narvaez Jorge Alberto 18 %
37,30 JUS $583.312,88. aportes 10 % $58.331,28. IVA 21 % $122.495,70. total $764.139,86. Dr. Alberti Luis Alberto 15 %
31,08 JUS $486.094,06. aportes 10 % $48.609,40. IVA 21 % $102.079,75. total $636.783,21. Perito Contador De Brito Natalia Catalina 4 % $129.625,08. aportes 10 % $12.962,50. total $142.587,58. Hácese saber a las partes que deberán adicionarse a los montos regulados el 21 % en concepto de I.V.A. a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos". Firmado: Dr. Heredia Gandini Mariano Andrés. Auxiliar Letrado. San Isidro, 18 de abril de 2024: 1 Atento lo solicitado y las constancias obrantes en autos, notifíquese la Sentencia, liquidación y regulación de honorarios al demandado Ricardo Federico Mañe por medio de edictos en el Boletín Oficial y en el diario Fomento de la misma localidad por dos dias. Las referidas entidades deberán proceder a la publicación en forma gratuita y remitir a este Tribunal a efecto de su oportuno abono por parte del condenado en costas. conf. Jurisprudencia de este Tribunal en autos "Zuk c/Atlantida" Art. 22 Ley 11.653 Arts. 145, 146, 147 del C.P.C.C. y 63 Ley 11.653, quedando a cargo del interesado la confección y diligenciamiento. 2 Hácese saber a la peticionante que los respectivos edictos deberán contener la transcripción de la Sentencia, liquidación y regulación de honorarios, conforme lo dispuesto por el Art. 147 1er. párrafo del C.P.C.C Dr. Nieto Freire Gonzalo Miguel. Juez. San Isidro, 2024.
may. 6 v. may. 7
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata, sito en calle Brown Nº 2257 de Mar del Plata, en autos caratulados "Bado Omar Héctor c/Gil Horno Eduardo y Otro/a s/Prescripción Adquisitiva Vicenal/Usucapión", Expte. N 125480, cita a MARÍA GUADALUPE FERNANDEZ, EDUARDO
GIL HORNO y a todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble objeto de autos cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción: II, Sección: N, Manzana: 38, Parcela: 14, Folio: 437 del año 1964, de General Alvarado 033, para que se presenten en autos en el plazo de diez 10 días a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designárseles Defensor de Pobres y Ausentes de este Departamento Judicial. Mar del Plata.
may. 6 v. may. 7
POR 3 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 6013 I.P.P. N 13-01-006658-21, seguida a -CAROLINA SOLEDAD OLGUIN, por el delito de Lesiones Leves-, a fin de peticionarle tenga a bien publicar por el plazo de tres 3 días la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: dad de Quilmes, abril de 2024. Autos Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción en causa N 6013 seguida a Carolina Soledad Olguin por el delito de Lesiones Leves art. 89 del Código Penal, de conformidad con lo normado por los arts. 62
inc. 2, 67 inc. D del Código Penal. II.- Sobreseer total y definitivamente a Carolina Soledad Olguin, titular del DNI Nº 31.063.985, de nacionalidad argentina, nacida el día 05 de abril de 1984, en Ensenada, casada, hija de Diego Olguin y de Delia Fornigo, con último domicilio denunciado en calle 165 N 6894 de la localidad de Berazategui, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 08 de mayo de 2021 en Berazategui art. 162 del C.P. y arts. 322, 323
inc. 1 y 341 del C.P.P.. III.- Levantar la averiguación de paradero, dispuesta sobre la imputada Carolina Soledad Olguin y que fuera insertada bajo el N 3440857. Comuníquese al Ministerio de Seguridad planilla y al Registro Nacional de Reincidencia. Regístrese, notifíquese a las partes al domicilio electrónico correspondiente. A fin de no dilatar más el libramiento de las comunicaciones de la resolución que antecede, en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputada de autos, cúmplase con la notificación a Carolina Soledad Olguin, mediante publicación de la misma en el Boletín Oficial. A tal fin líbrese oficio. Por último, cúmplase con la comunicaciones de ley. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.
may. 6 v. may. 8
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 a cargo de la Dra. Veronica Viviana Vidal, Secretaría única a cargo de la Dra. Maria Andrea Altamirano Denis, del Departamento Judicial de San Martin Pcia. de Buenos Aires comunica que en los autos caratulados "COMPAÑÍA LA ISLEÑA S.R.L. c/TRANSPORTE VILLA
BALLESTER S.A.C.I. s/Incidente Concurso/Quiebra, Excepto Verificación, Expte. Nº 71620, con fecha 16.04.24 se ha resuelto: 1 Disponer un llamado a mejorar la oferta formulada por Cía. La Isleña S.R.L, tomando como base el importe de Pesos Cuatro Millones Quinientos Mil $4.500.000.- sobre los derechos y acciones que mantiene la hoy fallida sobre el Boleto de Compraventa celebrado en fecha 13/11/1990 con el CEAMSE y con relación al terreno baldío ubicado en el partido de General San Martín, provincia de Buenos Aires, en la localidad de ciudad Jardín El Libertador, e identificado como parcela baldío formada por parte de las manzanas 106 y 122, lindera a la manzana cuya partida es la N 143012 y con una superficie de 5.542,78 m2, designado catastralmente como: Circunscripción III - Sección B - Manzana 87 - Parcela 1 a. Partida Inmobiliaria 143011. Inscripto a nombre del CEAMSE en la Matrícula n 6698 del partido de General San Martín Zona 047, cuya documental se encuentra acompañada a autos en archivo PDF de fecha 5/12/2023 por un plazo de noventa días 90 corridos, plazo que comenzará a correr a partir de la última publicación de edictos. 2 A fin de llevar a cabo el llamamiento a mejorar la oferta efectuada por CIA. La Isleña S.R.L., los interesados deberán: a Efectuar sus ofertas en sobre cerrado consignando en la parte externa del mismo: Mejora de Oferta - "Transporte Villa Ballester s/Quiebra s/Inc. de Realización de Bienes", Expte. N 71620, Juzgado Civil y Comercial N 12 de San Martín", sin dato alguno que identifique al presentante. Asimismo, en la parte interior del sobre deberá consignar la siguiente información y documentación, bajo apercibimiento de considerarlo excluido del procedimiento en caso de faltar alguno de ellos art. 205
inc. 6 L.C.Q.: b.1 Nombre de la persona interesada, profesión, edad, estado civil, n de documento de identidad, domicilio real y constituído dentro de la Jurisdicción del Departamento Judicial de San Martín. b.2 En caso de tratarse de una Sociedad, se adjuntará copia auténtica del contrato social y los documentos que acrediten la personería del compareciente.
b.3 Manifestación por escrito de encontrarse notificado de la presente resolución, aceptando todas las condiciones que rigen el procedimiento de este llamado a mejorar oferta. b.4 Expresarse en letras y en números la oferta realizada. b.5
Acompañar boleta de depósito en garantía a efectuarse según lo detallado a continuación. c Garantía de oferta: "Se hace saber que el oferente inicial que sirvió de base para llevar adelante este procedimiento, podrá o no mejorar su oferta inicial, ajustándose a los requisitos señalados en esta resolución". Todo oferente deberá presentar su oferta adunando una garantia equivalente al 20 % de la oferte que efectúe, ello, a través de un depósito bancario en el Banco de la Provincia de
SECCIÓN JUDICIAL > página 26

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/05/2024 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/05/2024

Conteggio pagine79

Numero di edizioni3369

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione06/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Mayo 2024>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031