Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/01/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 10 de enero de 2023

sea equivalente a menos de 3 salarios mínimos vitales y móviles. Necochea, 29 de diciembre de 2022. Caloni Guillermina.
Auxiliar Letrado.
ene. 4 v. ene. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías en lo Criminal y Correccional N 2 del Departamento Judicial San Isidro, con asiento en la ciudad de Tigre, notifica a GUSTAVO NICOLÁS VERON, con DNI Nº 28.330.191, nacido el 11 de marzo de 1980 en la Localidad de Florida, Partido de Vicente López, hijo de Carlos Raúl y de María Cristina Gaitán, de lo resuelto con fecha 17 de noviembre del año en curso en el marco de la I.P.P. N 14-01-003854-20, con intervención de la U.F.I.
Especializada en Violencia de Género Distrito Tigre, cuya parte pertinente se transcribe a continuación: gre, 17 de noviembre de 2022 Resuelvo: Sobreseer totalmente a Gustavo Nicolás Veron, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al delito de Abuso sexual agravado por la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años de edad, previsto por los Arts. 45 y 119 párrafos 1ero. y 5to. del Código Penal, por los motivos expuestos en el considerando Arts. 23 y 323 inciso 4º y 6º del C.P.P Fdo. Orlando Abel Díaz. Juez de Garantías. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: gre, 29 de diciembre de 2022. Atento al estado de la presente, restando notificar del decisorio de mención al imputado Gustavo Nicolás Verón, procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial durante cinco días, de conformidad con lo establecido en el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin, líbrese oficio al Director del Boletín Oficial". Orlando Abel Díaz. Juez de Garantías. Secretaría, 29 de diciembre de 2022.
ene. 5 v. ene. 11
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora Descentralizado Esteban Echeverria, Javier L. Maffucci Moore notifica a LEANDRO AGUSTIN PALACIOS en la I.P.P. N PP-07-03-00892618/00 UFIyJ Nro 1 Esteban Echeverría la resolución que a continuación se transcribe: "Monte Grande, fecha de firma electrónica. Autos y Vistos: Para resolver en esta causa Nº PP-07-03-003771-20/00 UFIyJ Nro 2 Esteban Echeverría del registro de este Juzgado de Garantías Nº 2, respecto de la extinción de la acción penal. Y, Considerando: Conforme surge de Toda vez que https simp.mpba.gov.ar/web/Vista/ E07000012474608 con fecha 11 de marzo de 2020 se resolvió suspender este proceso a prueba en favor del imputado Alejandro Rodrigo Badia, por el plazo de un año, quedando sujeto durante ese mismo plazo al cumplimiento de las obligaciones que en dicha resolución se establecieran. Que por un error involuntario de esta sede, el oficio oportunamente librado al Patronato de Liberados no fue en su momento remitido, por ende el encartado no ha estado sometido al cuidado del Patronato de Liberados correspondiente a su domicilio bien que pudo haber concurrido de motu propio tanto a ese organismo oen su defecto a este para averiguar al respecto. Pero ese error no puede jugar en su contra. Amen de ello, si bien no habría cumplido con la totalidad de las condiciones impuestas al momento de concedérsele el beneficio de la suspensión del proceso a prueba, si lo hizo con aquella regla de conducta de mayor importancia -no cometer nuevos delitos, cfr. informe del RNR por lo que, en el caso, se habrían logrado los objetivos preventivo especiales que surgen de las normas que regulan el instituto de la "probation", correspondiendo entonces la extinción de la acción penal y consecuente sobreseimiento cfr. Tribunal de Casación Penal, Sala III, c. 23.407, RSD 677-7. S, rta. 4/10/2007. Conforme surge del informe remitido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal agregado en autos https simp.mpba.gov.ar/web/Vista/E07000015959702, surge que el imputado no posee procesos pendientes de resolución ni condenas que pudieran implicar dejar sin efecto la suspensión del juicio. Por todo ello, corresponde declarar extinguida la acción penal y disponer su sobreseimiento conforme lo previsto por el Art. 76 ter del C.P. y 323 inc. 1ro. del ritual. Por todo ello, Resuelvo: Declarar Extinguida la Acción Penal instaurada en autos, y Sobreseer a Alejandro Rodrigo Badia, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Hurto Simple, por el cual fuere formalmente imputado Arts. 76 del Código Penal y Arts. 321, 322, 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y firme que se encuentre la presente practíquense las comunicaciones de rigor y archívese". Fdo.: Javier L. Maffucci Moore, Juez. Ante mí: Andres Miles, Auxiliar Letrado.
ene. 5 v. ene. 11
POR 3 DÍAS - Departamental Dolores. El Archivo del Ministerio Público Departamental Dolores hace saber que el día 10 de marzo del año 2023, se llevará a cabo la DESTRUCCIÓN de 24.159 Investigaciones Penales Preparatorias, autorizada por Resolución 1552/22 de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, del 22 de diciembre del corriente año, cuyas fechas de destrucciones se encuentran entre los años 2009 a 2016, y tramitaron por ante las UNIDADES FUNCIONALES DE INSTRUCCIÓN N 1, 2, 3 Y 4 -a la cual se le asignaran I.P.P. que fueran de la Unidad Funcional de Transición ya disuelta. Se hace saber que quienes acrediten interés suficiente pueden presentarse por escrito dentro de los 20 veinte días corridos desde la publicación de edictos o desde la recepción del oficio según fuere el caso, solicitando el desglose de documentos o la revocación de la autorización de destrucción por verificarse supuesto de conservación prolongada Artículo 14 de la Resolución Nro. 764/11 de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs. As. y Art. 15 de la Instrucción General Nro. 106 de la Fiscalía General Departamental. La nómina de Investigaciones a destruir se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina de Archivo del Ministerio Público de Dolores, sito en calle Olavarría Nº 367 de ésta ciudad. Dolores, 28 de diciembre 2022. Dr. Ivan Marcelo Lerner, Secretario General de la Fiscalia General del Departamento Judicial Dolores.
ene. 6 v. ene. 10
POR 5 DÍAS - En IPP PP-03-02-007464- 21/00 caratulada "Hereñu Claudio Marcelo s/Encubrimiento" de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado CLAUDIO MARCELO HEREÑU cuyo último domicilio conocido era en calle Pueyrredón Nº 213 entre calles Rivadavia y Chiclana de Morón, Pcia. de Bs. As., la siguiente resolución: "Mar del Tuyú, 12 de julio del 2022. Autos y Vistos: Para resolver respecto de los pedidos de declinatoria de competencia y sobreseimiento en el marco de la presente IPP registrada bajo el numero 03-02-7464-21 de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 4 a mi cargo; Y
Considerado; Solicita la Dra. Cynthia Edith Noda el sobreseimiento de su asistido Claudio Hereñu. Manifiesta que el Sr.
Hereñu solo era el chofer del micro que fuera entregado por el Sr. Caviglia como propietario del mismo. Que el Sr. Caviglia fue controlado por personal policial en diversas oportunidades. Asimismo refiere que no se ha podido acreditar el dolo necesario para configurar el tipo de encubrimiento. Respecto del planteo de competencia impulsado por el Ministerio
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/01/2023 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data10/01/2023

Conteggio pagine25

Numero di edizioni3369

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione06/06/2024

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