Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/12/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 31 de diciembre de 2018

operado la prescripción de la misma, correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Diez, Ezequiel Rubén, de nacionalidad argentina; titular del DNI N 38.128.499 de 27 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación maestro panadero, instruído, nacido el 12 de mayo del año 1991 en Isidro Casanovas, Pdo. de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, hijo de Rubén Héctor Diez y de Sandra Inés Auvain, domiciliado en Calle 2 N 9418 de Mar del Tuyú, encontrándose registrado en esa repartición bajo Prontuario N 1.332.601 de la Sección A.P., en orden al delito de tentativa de robo, previsto y sancionado por el artículo 42 y 164 del Código Penal, al haber transcurrido los plazos que establece el artículo 62
inc. 2 del Código Penal, sin costas arts. 59, 62 y 67 4 párrafo del C.P. y arts. 323 inc. 1, 324, 530 y cctes del C.P.P.. II.Registrese y notifiquese. III.- Una vez firme, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la Secretaría de Gestión Administrativa Departamental a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 22 del Acuerdo 2840 S.C.J.B.A. Oportunamente archívese. Fdo. Analía H. C. Pepi-Jueza en lo Correccional N3 Departamento Judicial Dolores". Ante mí: Inés Lamacchia-Secretaria del Juzgado Correccional N 3 del Depto. Judicial Dolores".
dic. 27 v. ene. 3
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a BETTINA VERONICA GUZMAN y CANDELA GOMEZ GUZMAN con último domicilio en Avda.
Jara 1087 de Mar Del Plata ambas en causa nro. 15424 seguida a Paz Alberto Andres la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 20 de Noviembre de 2018- Autos Y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. CPP art. 497 y Res. 555/05 S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas:1.- Anótese a Paz Alberto AndreS como detenido a disposición de este Juzgado de Ejecución Penal N 1 y en carácter de penado.-En atención a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en fecha 3 de mayo de 2005, en la causa "Recurso de hecho deducido por el Centro de Estudios Legales y Sociales en la causa Verbitsky, Horacio s/ Hábeas Corpus", y por la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en fecha 11 de mayo de 2005 en la causa P. 83.909, "Verbitsky, Horacio - representante del Centro de Estudios Legales y Sociales - Hábeas Corpus. Rec. de Casación. Rec. Extraordinario de nulidad e inaplicabilidad de ley",solicítese a las autoridades del establecimiento donde encuentra alojado el condenado se informe en el plazo de cinco días: las condiciones concretas en que cumple su detención características de la celda, cantidad de camas, condiciones de higiene, acceso a servicios sanitarios, etc.como asimismo informe respecto a su estado de salud, debiendo en lo futuro comunicarse inmediatamente toda modificación relvante de la situación oportunamente informada.-2.- Informe el señor Actuario el cómputo de pena practicado, el que se encuentra firme, y ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante, a fin que se tome debida nota del cómputo de pena aprobado en este proceso en el Legajo Personal del condenado.- 3.- Atento lo resuelto por la Sala II de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Deptal. en c.20.527 - Vázquez Walter M. s/hurto, en cuanto que al Juzgado de Ejecución le compete el control de legalidad del cumplimiento de la condena impuesta a un penado en un caso concreto, tanto en su aspecto cuantitativos como cualitativos, mas no en la ejecución de las costas que se hubieran impuesto a la misma Arg. conf. 25 del CPP y 3 ley 12.256 hágase saber al Sr. Juez sentenciante que este Juzgado de Ejecución Penal no ejecutará las costas impuestas, quedando las mismas a cargo del organismo que dictó sentencia.- 4.- Solicítese cuádruple juego de fichas dactiloscópicas. 5.- Téngase presente que el Tribunal en lo Criminal n 3 Deptal ha ordenado a fs. 84 la prohibición de ingreso y permanencia del causante en las Unidades 15 y 44 de Batán.-6.- Comuníquese al Patronato de Liberados la fecha a partir de la cual el condenado deberá comenzar la tarea de preegreso prevista en el art. 166 de la ley 12.256.-7.- Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 08-00-002601/14 JG2, caua 5734 del Tribunal en lo Criminal N 3 Deptal , y su acumulada IPP 08-00005071-14 JG2, pena comprensiva de la impuesta en IPP 08-00-006204-14 JG1, causa 1138 del Tribunal en lo Criminal n 4 Detpal. causa 13705 de este Juzgado.- 8.- Comuníquese a la Unidad Penal que aloja al causante para que tome debida nota en el correspondiente legajo que la Defensa del Mismo es ejercida por la Defensoría Oficial, área de ejecución, con domicilio constituído en calle Gascón 2099 de esta ciudad de Mar del Plata.-9.- Ofíciese al ANSES Mar del Plata, a efectos de comunicarle a dicho organismo la sentencia dictada en autos así como el cómputo de pena practicado, todo ello a los fines que entienda pertinentes.-10.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de las víctimas Sabrina Micaela Sorano, Candela Gómez Guzmán, José Angel Godoy, Mary Liz Bravo y Cintya Vanesa Carte a fin de notificarlas que tienen derecho a ser informadas y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias;
régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.-Requiéraseles también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada.11.- Habiéndose informado que el causante registra la 03-00-000445-18 de la UFI 3 de Dolores, infórmese a esa Unidad Funcional de Instrucción informando el fallo recaído y el cómputo practicado así como requiriéndose se informe el estado actual y/o resolución final que recaiga en la citada IPP.- Oportunamente vuelvan los autos a despacho.- ñor Juez:Informo a V.S. que a fs. 73/74, se encuentra agregada la sentencia dictada en este proceso, en la que con fecha 27/2/2018 se sanciona a Paz Alberto Andres a la pena única de veinticinco años de prisión, sanción que comprende: la pena de catorce años y seis meses de prisión impuesta en esta causa en orden a los delitos abuso sexual agravado por la utilización de un arma hecho I cometido en esta ciudad el día 12/1/2014 en perjuicio de Sabrina Micaela Sorano y abuso sexual agravado por la utilización de un arma con acceso carnal y robo calificado por el uso de arma sin aptitud acreditda Hecho II cometido el día 6/2/2014 en perjuicio de Candela Gómez Guzmán, en concurso real entre sí, y la pena de doce años de prisión por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego de aptitud para el disparo no acreditada - hecho 1-, cometido el 24/2/2014 en perjuicio de José Angel Godoy; secuestro extorsivoen concurso ideal con robo agravado por el uso de arma de fuego de aptitud para el disparo no acreditadahecho 2-cometido en Miramar el 24/2/2014 en perjuicio de Mary Liz Bravo; autor de abuso sexualhecho 3-, cometido en Miramar, el el 24/2/2014 en perjuicio de mary Liz Bravo, coautor de secuestro extorsivo en concurso ideal con robo agravado por el uso de arma de fuego de aptitud para el disparo no acreditadahecho 4-, cometido en Mar del Plata el 27/2/2014 en perjuicio de Cintya Vanesa Carte y autor del delito de portación ilegal de arma de uso civilhecho 6-, cometido en Mar del Plata el 27/32014; todos ellos concurriendo amterialmente entre sí causa 13705 de este Juzgado.- Que de acuerdo al cómputo de pena practicado por el Juzgado de Origen, a fs. 85 ., el cual no se encuentra firme, la pena impuesta a Paz Alberto Andres , vence el día veintiseis de marzo
SECCIÓN JUDICIAL > página 7

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/12/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data31/12/2018

Conteggio pagine33

Numero di edizioni3370

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione24/06/2024

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