Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/01/2013 - Sección Judicial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
BOLETÍN OFICIAL
LA PLATA, MIÉRCOLES 30 DE ENERO DE 2013
PÁGINA 977
Sección Judicial Remates
ALEJANDRA MERCEDES COFONE
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 2 de Tres Arroyos, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, hace saber que la Martillero Alejandra Mercedes Cofone Tº IV Fº 252 del CMCPBB, designada en autos, Perrone Norberto R. c/
Figueroa Mirta J. s/ División de condominio expte. Nº 34.067, rematará EL DÍA 22 DE FEBRERO DE 2013, A LAS
10:00 HORAS en calle Berutti Nº 710 de Tres Arroyos, un inmueble sito en calle Reconquista Nº 995 de la ciudad de Tres Arroyos, Nom. Catas: Circ. I; Secc. B; Maz. 102-d;
Parc. 12; Matrícula 35.813; Con la base de $ 51.737. Seña 20 %, Comisión 3 % a cada parte, más apor. prev., más sellado de Boleto. Ocupado por la condómina Mirta Figueroa. Adeuda impuestos provinciales y tasas municipales. Se deberá cumplir con arts. 580 y 581 del CPCC.
Visitas, 1 hora antes de subasta. Tres Arroyos, 17 de diciembre de 2012. Mariana Claudia Druetta, Secretaria.
L.P. 15.195 / ene. 28 v. ene. 30
PABLO FERNANDO ERRICO
POR 3 DÍAS - El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil y Comercial N 4 del Depto. Judicial de Mercedes B, a cargo del Dr. Marcelo Fabián Valle, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Analía Verónica Barletta, comunica que en autos Bisval, Ana María c/ Fontana, René Felipe s/
Ejecutivo - Expediente N 66.830, el Martillero Pablo Fernando Errico T.E. 02345-15518498 procederá a vender en pública subasta, EL 27 DE FEBRERO DE 2013, A
LAS 9:00 HS., en la Sala de Remates del Colegio dé Martilleros y Corredores Públicos del Depto. Judicial de Mercedes B, sita en Av. 29 N 783 de la ciudad de Mercedes B, el inmueble ubicado en Av. Ceballos y calle San Lorenzo de la ciudad de Chivilcoy B, Nomenclatura Catastral: Circ. XVIII, Sec. A, Manz. 79, Parc. 14-a; Partida Inmobiliaria: 028-019972; Dominio: Matrícula 14.947 del partido de Chivilcoy B, desocupado según mandamiento de constatación agregado a fs. 284/285. La venta se realiza al mejor postor. Base: $ 62.150,00. Seña: 10,00%.
Comisión: 2,25% cada parte. Sellado de Ley 1,00%. Todo en dinero efectivo. Existen deudas en concepto de Impuesto Inmobiliario fs. 259/263, Servicios Sanitarios fs. 264/266 y derechos de construcción por demolición clandestina y servicios públicos fs. 267/273. El saldo de precio deberá abonarse dentro del quinto día contado a partir de la notificación por ministerio de la ley del auto aprobatorio de la subasta, mediante depósito en la cuenta de autos, bajo apercibimiento de ley, debiendo el comprador integrarlo aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la inmediata aprobación de la misma Art. 581 del C.P.C.. Por cada día de retardo el comprador deberá abonar un interés a la tasa que pague el Bco. de la Pcia. de Bs. As. en sus depósitos a treinta
días vigente en los distintos períodos de aplicación. El comprador -en el acto de la firma del boletodeberá constituir domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo establecido en el Art. 133 del C.P.C. De comprar en comisión, deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 582 del C.P.C. texto según Ley 11.909. Se admiten ofertas bajo sobre arg. Art. 562 del C.P.C., debiéndose presentar en Secretaría con dos 2
días de anticipación a la subasta. Los concurrentes deberán registrarse al ingresar al lugar de la subasta y deberán permanecer en el mismo hasta su finalización, pudiendo el martillero ubicarlos de la manera que considere más conveniente para el buen desarrollo del acto.
Visitas: 25 y 26 de febrero de 2013, de 10:00 a 12:30 hs.
Mercedes B, 26 de diciembre de 2012. María Eugenia Fraiese, Auxiliar Letrada.
Mc. 66.014 / ene. 30 v. feb. 4
CASA CENTRAL
C.C.
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial N 1 del Departamento Judicial de Junín, Secretaría Única, hace saber que en el Expte. N JU6679-2012, Viscubi Omar Alberto s/ Quiebra Pequeña con fecha 21 de Noviembre de 2012, se ha decretado la Quiebra del Sr. OMAR ALBERTO VISCUBI, con DNl 4.970.194 con domicilio en calle E. Román y Ruta Nacional N 7 de la ciudad de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires, ordenando al fallido y a terceros que tengan en su poder bienes del mismo su entrega al Síndico designado Daniel Moreno, con CUIT 23-13738432-9, con domicilio en Álvarez Rodríguez N 146 de la ciudad de Junín, prohibiendo la realización de pagos al fallido, ordenando la intercepción de su correspondencia, la que será entregada al Sr. Síndico en su domicilio, fijando la fecha del día 28 de Febrero del 2013 como límite para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Síndico Art.
200 LCQ. Las solicitudes deberán presentarse en el domicilio del Síndico en días hábiles de lunes a viernes en horario de oficina. Se fija la fecha del día 14 de marzo del 2013 como límite para las impugnaciones ante el Síndico.
Fijar la fecha del día 11 de abril de 2013 para la presentación de los informes individuales por el Síndico. Fijar la fecha del día 23 de mayo de 2013 para la presentación por el Síndico del Informe General. Se ordena la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el Diario De Hoy de la ciudad de Chacabuco por el término de cinco 5 días en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 89 de la Ley 24.522. Junín B, 12 de diciembre de 2012. Luis Federico Gallardo, Secretario.
C.C. 672 / ene. 28 v. feb. 4
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Juez Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de La Plata, en relación con la Investigación Penal
Preparatoria 06-00-037348-07 caratulada RAMÓN
FIGUEREDO s/ Coacción a fin de hacerle saber que en la citada causa se ha resuelto: La Plata, 16 de enero del 2013 I. II Habida cuenta de que se desconoce el domicilio real del encartado Ramón Morales Figueredo argentino de 44 años de edad, con último domicilio conocido en la calle Aguero Torre 58 Dpto. 4 de Avellaneda, Ordenase la notificación por edictos mediante la publicación en el Boletín Oficial de la parte resolutiva del auto de fs. 796/vta por el plazo de cinco días art. 129 del C.P.P. A continuación se transcribe la parte resolutiva del auto de fs.
795/vta: La Plata, 28 de diciembre de 2012. Autos y Vistos: y Considerando Por ello, el tribunal resuelve:
Rechazar el recurso de apelación deducido por el Sr.
Titular de la Defensoría Oficial N 10, Doctor Uriel Licardelli y confirmar el resolutorio obrante a fs. 1/3 que no hace lugar a la eximición de prisión peticionada en favor de Ramón Morales Figueredo Fdo.: Ricardo Guillermo Szelagowski. Laura Lasaga. Sergio Almeida. Sala Segunda de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías.
La Plata, 16 de enero del 2013.
C.C. 711 / ene. 28 v. feb. 4
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 del Departamento Judicial de Dolores, a cargo de la Doctora Alicia G. Mendes de Macchi, Secretaría Única a cargo de la Doctora Vanesa Raquel Casielles, comunica por cinco días que con fecha 31 de octubre de 2012 se decretó la Quiebra CABAÑAS
AL SUR S.A. CUIT 30-70720016-9, matrícula 55.590 legajo 1/183631 DPPJ Pcia. de Bs. As., con domicilio social en la calle Paraguay N 305 de la ciudad de Chascomús y real en la calle Islas Malvinas s/n de la localidad de Lezama, Pcia. de Buenos Aires. El Síndico interviniente es el Contador Walter Teixeira Poas, con domicilio legal en calle Márquez N 10 de Dolores ante quien deberán presentar a los acreedores los títulos justificativos de sus créditos y pedido de verificación hasta el día 11 de marzo de 2013, en el horario de 10 a 13 y de 15 a 18. En el mismo domicilio, la fallida y los acreedores que hubieran insinuados sus créditos, podrán concurrir ante el síndico para revisar los legajos, formular por escrito las impugnaciones u observaciones respecto de las insinuaciones crediticias presentadas cfr.: artículo 34, L. 24.522 hasta el día 25 de marzo de 2013. Los informes previstos por los artículo 35
y 39 de la citada norma legal deberán ser presentados por el síndico, dentro de los plazos que vencen los días 22 de abril de 2013 y 3 de junio de 2013, respectivamente artículo 88 in fine y artículo 200 LC. Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al Síndico los bienes que tengan en su poder, de propiedad de la fallida, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros de la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Dolores, 26 de diciembre de 2012. Vanesa R. Casielles, Abogada Secretaria.
C.C. 774 / ene. 30 v. feb. 6