Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 30/04/2020

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 82

30 de abril de 2020

Novena. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo.
1. Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir necesidades temporales ordenadas según la puntuación obtenida.
2. Cuando se produzca la necesidad de personal, se efectuará el oportuno llamamiento.
Podrá llamarse a los aspirantes telefónicamente.
3. Los aspirantes incluidos en la bolsa que se forme serán llamados por el orden establecido y en la medida en que hayan surgido necesidades de personal.
4. El aspirante dispondrá de un plazo de 48 horas para incorporarse al servicio cuando sea requerido. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se entenderá que rechaza la oferta y pasará al último lugar de la bolsa.
5. El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en último puesto de la misma.
6. La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias, en cuyo caso mantendrá el orden que originalmente ocupaba:
Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
7. La contratación incluirá un periodo de prueba cuya duración se fijará en el contrato, durante el cual se valorará su capacidad para el trabajo, pudiendo ser causa de rescisión la no superación de dicho periodo. El aspirante que no supere el periodo de prueba será excluido de la bolsa.
8. Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 4 años.
9. El Ayuntamiento podrá, transcurrido un año desde la constitución de la bolsa, abrir un plazo de diez días para la solicitud de inclusión en la bolsa, valoración de nuevos méritos o la exclusión de la misma, requiriendo calificación del tribunal, con los criterios y requisitos fijados en las presentes bases.
10. Las formación de la presente bolsa supondrá la extinción de la anterior, debiendo, los integrantes de la misma, en caso de que así lo estimen oportuno, solicitar su inclusión en la nueva bolsa, siendo valorados con arreglo a los criterios de admisión y valoración de la nueva bolsa.
Décima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 30/04/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaeseSpagna

Data30/04/2020

Conteggio pagine16

Numero di edizioni3627

Prima edizione04/01/2010

Ultima edizione19/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930