Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 08/01/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Nº 4

8 de enero de 2019

PACTO PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL
BARCO DE ÁVILA.
CAPÍTULO I. CONDICIONES GENERALES
Art. 1. Ámbito funcional y territorial.
El presente Acuerdo, concertado entre el Excmo. Ayuntamiento de El Barco de Ávila y el sindicato FeSP/UGT, establece y regula las normas de trabajo de los/las empleados/as públicos que presten sus servicios en los distintos centros dependientes, del Ayuntamiento.
Art. 2. Ámbito personal.
Las normas contenidas en el presente Acuerdo serán de aplicación a todo el personal funcionario al servicio de la Corporación, que trabaje y perciba sus retribuciones con cargo de los Presupuestos Generales del Excmo. Ayuntamiento de El Barco de Ávila.
Art. 3. Ámbito temporal.
Con independencia de la fecha en que sea firmado por las partes o el día en que aparezca publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, el Acuerdo iniciará su vigencia el día 1 de junio de 2018 y tendrá validez hasta el día 31 de diciembre de 2021.
CAPÍTULO II. COMISIÓN PARITARIA
Art. 4. Comisión paritaria.
1. Al mes siguiente de la firma del presente Acuerdo, se constituirá una Comisión Paritaria, concebida como órgano colegiado, llamado a conocer, debatir o informar cuantos conflictos, dudas, irregularidades y discrepancias que puedan suscitarse en la interpretación y aplicación de las normas contenidas en el Acuerdo de aplicación al personal funcionario.
2. Corresponde asimismo a la Comisión Paritaria la interpretación del sentido y alcance de las normas contenidas en el presente acuerdo en los supuestos en que se provoquen dudas o ambigedades respecto de su aplicación. No pudiendo estas ser impuestas en ningún caso por el Excmo. Ayuntamiento de El Barco de Ávila de forma unilateral.
3. La Comisión Paritaria es única para los ámbitos del Acuerdo de aplicación al personal funcionario y se constituye de forma paritaria, en número de tres miembros designados por el Ayuntamiento, y tres representantes designados por la FeSP/UGT, uno de los cuales será el Delegado de Personal. La Presidencia la ostentará uno de los representantes del Excmo. Ayuntamiento de El Barco de Ávila y la Secretaría uno de los representantes de la parte social.
Las partes podrán estar asistidas por sus asesores, con voz pero sin voto, con un máximo de dos asesores por cada parte.
4. La Comisión Paritaria, se reunirá en sesión ordinaria en el primer trimestre de cada año y de forma extraordinaria cuando así lo solicite cualquiera de las partes, en cuyo caso se convocará en el plazo de 48 horas desde la solicitud.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 08/01/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaeseSpagna

Data08/01/2019

Conteggio pagine20

Numero di edizioni3624

Prima edizione04/01/2010

Ultima edizione14/06/2024

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