Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 07/06/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
Nº 109
7 de junio de 2018
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 1394/18
JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 DE ÁVILA
E d i c to D./D. MARÍA JESÚS MARTÍN CHICO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 001 de ÁVILA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000146/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D. MARÍA EDIT SABOU contra la empresa ROFEAL DE HOSTELERÍA ABULENSE, S.L., MARÍA LUISA DE LA FUENTE
SANTAMARÍA, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la parte actora, DOÑA MARÍA
EDITH SABOU, contra la parte demandada, la empresa ROFEAL DE HOSTELERÍA
ABULENSE, S.L., sobre resolución de contrato, y previa declaración de la extinción de la relación laboral que unía a las partes, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la demandante la cantidad de 9.45997 Euros en concepto de indemnización.
Contra esta Sentencia cabe Recurso de Suplicación, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando el Letrado que habrá de interponerlo. Siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificados. La empresa deberá al mismo tiempo acreditar haber consignado el importe de la condena en la cuenta de este Juzgado, abierta en el SANTANDER, denominada Depósitos y Consignaciones, N.º 0293, pudiendo sustituirse por aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista; más otra cantidad de 300 Euros en la misma cuenta y en impreso separado del importe de la condena.
Así por esta mi Sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ROFEAL DE HOSTELERÍA
ABULENSE, S.L., MARÍA LUISA DE LA FUENTE SANTAMARÍA , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En ÁVILA, a veintinueve de mayo de dos mil dieciocho.
El/La Letrado de la Administración de Justicia.
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