GRUPO JOVENES ASESORES SL

Modificaciones estatutarias

Artículo 20º.- DURACION Y RETRIBUCION DEL CARGO DE ADMINISTRADOR. Los administradores ejercerán su cargo por tiempo indefinido. El cargo de Administrador tendrá carácter retribuido. La retribución de quienes desempeñen dicho cargo consistirá, no en una participación de beneficios, sino en una.

Datos registrales

T 1995 , F 78, S 8, H Z 19444, I/A 5 (31.03.17).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 68 del Viernes 7 de Abril de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.

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