Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
: "Artículo 26º.- El órgano de administración será retribuido anualmente por el desempeño de sus funciones con una cantidad fija, que será establecida por acuerdo de la Junta General para cada ejercicio. Dicha retribución será independiente de la que puedan percibir los miembros del órgano de "Artículo 24º.- Para ser nombrado administrador no será necesarioser accionista. Serán nombrados por la Junta General por plazo de SEIS años, pudiendo ser indefinidamente reelegidos por periodos de igual du
T 2621 , F 222, S 8, H Z 3894, I/A 20 (17.01.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 17 del Viernes 25 de Enero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.