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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/07/2007 - Primera Sección - Page 10

previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por el Laudo Nº 15/91. Que cabe introducir las modificaciones que tal situación implica. Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto Nº 491/02 y su aclaratorio, Decreto Nº 601/02 (artículo 2º), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria. Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º, del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997. Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE: Artículo 1º — El Agente Fiscal en jurisdicción del Distrito Concepción del Uruguay de la Dirección Regional Paraná Abogado Ricardo José SA- 10... En savoir plus

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