Periódico Oficial de Puebla del día 06/03/2023 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 6 de marzo de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
19

IV. Empadronamiento de semovientes, de la población de las zonas afectadas;
V. Coordinación de los servicios asistenciales;
VI. La clausura o aislamiento temporal, parcial o total del área afectada;
VII. El aseguramiento e inmovilización de los bienes muebles que infrinjan las normas de seguridad previstas en este Reglamento, la Ley y su Reglamento;
VIII. La demolición de construcciones;
IX. El retiro de instalaciones que no cumplan con las normas establecidas en este Reglamento y demás normas aplicables;
X. La suspensión de trabajos o servicios que afecten a la población o al medio ambiente;
XI. El aseguramiento y destrucción de objetos, productos, sustancias peligrosas y los diversos tipos de agentes que pudieran provocar algún daño o peligro, de conformidad con la normatividad aplicable;
XII. La desocupación, evacuación o cierre de casas, edificios, escuelas, zonas industriales y comerciales, establecimientos de bienes o servicios y cualquier predio, por sus condiciones que presenta estructuralmente y que pueden provocar daños a los ocupantes, usuarios, transeúntes y/o vecinos;
XIII. La prohibición temporal de actos de utilización, producción, explotación, creación comercialización, esparcimiento y otros consideren necesarios para prevenir y controlar situaciones de emergencia, y XIV. Las demás que en materia de Protección Civil determinen las autoridades Federales y del Estado, tendientes a evitar nuevos riesgos o afectaciones.
ARTÍCULO 56. El pago de las sanciones económicas se realizará en la Tesorería Municipal.
ARTÍCULO 57. Las multas que se impongan en términos de este Reglamento y que no sean cubiertas dentro de los plazos establecidos, se constituirán en créditos fiscales a favor del erario municipal y se harán efectivas por las autoridades municipales mediante el procedimiento administrativo de ejecución que establece el Código Fiscal Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ARTÍCULO 58. Los servidores públicos municipales que por sus actos u omisiones contravengan las disposiciones de este Reglamento, serán sancionados en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y demás ordenamientos aplicables.
ARTÍCULO 59. Para los efectos de violaciones a este Reglamento, serán solidariamente responsables:
I. Quienes ejecuten, ordenen o favorezcan las acciones u omisiones constitutivas de la infracción, y II. Los servidores y empleados públicos que intervengan o faciliten la comisión de la infracción.

CAPÍTULO X
DE LAS NOTIFICACIONES
ARTÍCULO 60. La notificación de las resoluciones administrativas, emitidas por las autoridades del Municipio en términos del Reglamento, será de carácter personal.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 06/03/2023 - Tercera Sección

TitrePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaysMexique

Date06/03/2023

Page count20

Edition count1164

Première édition06/03/2015

Dernière édition19/06/2024

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