Periódico Oficial de Puebla del día 19/01/2022 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 19 de enero de 2022

III. Sujetar su actuación a los criterios de imparcialidad e independencia, así como dar cumplimiento a lo establecido a las leyes que regulen la materia y demás disposiciones aplicables, así como a lo establecido en el Código de Ética de Puebla Comunicaciones.
IV. Coadyuvar con el Sistema Estatal de Telecomunicaciones a efecto de lograr la alfabetización mediática de la audiencia, de conformidad a lo establecido en el Capítulo Sexto del Código de Ética de Puebla Comunicaciones.
V. Actuar en todo momento bajo los criterios de excelencia, profesionalismo, objetividad, sin discriminación alguna y teniendo como prioridad hacer valer los derechos de las audiencias;
VI. Contribuir a la implementación de mecanismos para salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad y de los niños;
VII. Informar al Instituto Federal de Telecomunicaciones la actualización de algún impedimento para continuar ocupando el cargo de Defensor;
VIII. Llevar a cabo un registro de cada uno de los asuntos atendidos en el ejercicio de sus labores;
IX. Dar seguimiento a las solicitudes que se hagan para el caso del derecho de réplica;
X. Atenderá las reclamaciones, sugerencias y quejas de las audiencias sobre contenidos y programación, implementando mecanismos para que las audiencias con discapacidad tengan accesibilidad.
XI. Rendir al Sistema Estatal de Telecomunicaciones, en forma escrita y de manera trimestral un informe relativo a asuntos recibidos, atendidos y resultados;
XII. Atender en tiempo y forma los requerimientos realizados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, y XIII. Todas las demás establecidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y sus lineamientos.
VII. GENERALES
a. Los datos personales de los participantes son confidenciales, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla y demás disposiciones aplicables;
b. La selección del Defensor de Audiencia del Sistema Estatal de Telecomunicaciones se desarrollará en estricto apego a los principios de igualdad de oportunidades, confidencialidad, objetividad y transparencia;
c. La designación del Defensor de Audiencia del Sistema Estatal de Telecomunicaciones, es definitiva e inapelable;
d. La persona que sea designada como Defensor de Audiencia, deberá suscribir la documentación que el Instituto Federal de Telecomunicaciones requiera;
e. Cualquier asunto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por los integrantes de la H. Junta de Gobierno del Sistema Estatal de Telecomunicaciones.
En la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 11 de enero de 2022. La Coordinadora General de Comunicación y Agenda Digital y Presidenta Ejecutiva de la Honorable Junta de Gobierno del Sistema Estatal de Telecomunicaciones. C. VERÓNICA VÉLEZ MACUIL. Rúbrica.
N.R.086345533

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 19/01/2022 - Tercera Sección

TitrePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaysMexique

Date19/01/2022

Page count4

Edition count631

Première édition06/03/2015

Dernière édition06/02/2024

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