Periódico Oficial de Puebla del día 05/12/2018 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 5 de diciembre de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que Admite el Recurso de Revocación interpuesto por el C. Pedro Cipriano Bonilla, Presidente Municipal de Huitzilan de Serdán, administración 2005-2008, en contra del similar de fecha 31 de julio de 2018, dictado dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades Número P.A. 26/2009, y que se radicó con el Número de expediente R.C. 16/2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Extraordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, respecto al escrito calzado con una firma a nombre del C. Pedro Cipriano Bonilla, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Huitzilan de Serdán, Puebla, administración 2005-2008, por el periodo comprendido uno de enero al catorce de febrero de dos mil ocho; por el cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha treinta y un de julio del dos mil dieciocho, emitida dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A.
26/2009, de los de la Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla; por lo que con la competencia que otorgan los artículos 3, fracción I, 73 y 74, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, disposiciones aplicables conforme al artículo segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el periódico oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; se procede a analizar el mismo a efecto de resolver lo procedente, y --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO
I.- Que el seis de agosto de dos mil dieciocho, se recibió a través de la Oficialía de Partes del Congreso del Estado de Puebla y que fue turnado a la Presidencia de la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, el quince de agosto de dos mil dieciocho, un escrito de fecha seis de agosto de dos mil dieciocho, que consta de diecisiete fojas útiles en su anverso, adjuntando dos legajos de pruebas; escrito signado por el C. Pedro Cipriano Bonilla, quien fungiera como Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Huitzilan de Serdán, Puebla, administración 2005-2008, por medio del cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha treinta y un de julio del dos mil dieciocho, emitida dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 26/2009, de la Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, que se refiere al periodo fiscalizado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil ocho, mediante el cual se le impone la sanción administrativa consistente en: ------------------------------------------------------------------------------------------------------a Por el Daño Patrimonial causado al Ayuntamiento de Huitzilan de Serdán, Puebla, que asciende a la cantidad de $4262,644.83 cuatro millones doscientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos 83/100 Moneda Nacional, derivado del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN; se impone sanción económica por la cantidad de $2131,322.42 dos millones ciento treinta y un mil trescientos veintidós pesos 42/100 Moneda Nacional, equivalente a medio tanto del daño total causado al Erario del Ayuntamiento de Huitzilan de Serdán, Puebla, lo que hace un total a restituir de $6393,967.25 seis

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 05/12/2018 - Tercera Sección

TitrePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaysMexique

Date05/12/2018

Page count7

Edition count631

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