Periódico Oficial de Puebla del día 08/01/2016 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

68

Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 8 de enero de 2016

DECRETA
PRIMERO. El C. José Cano Pérez, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Zongozotla, Puebla, administración 2005-2008, y concretamente por el ejercicio auditado, comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, es administrativamente responsable de las irregularidades precisadas en el Considerando II de este Decreto.------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO. Por la responsabilidad a que se refiere el punto anterior, se impone al C. José Cano Pérez, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Zongozotla, Puebla, administración 2005-2008, específicamente por el ejercicio auditado, comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, del que se derivó el Pliego de Cargos vencido número 03846C/2005-2008, las siguientes sanciones administrativas: ----------------------------a Por el Daño Patrimonial causado al Ayuntamiento de Zongozotla, Puebla, que asciende a la cantidad de $40,423.59 cuarenta mil cuatrocientos veintitrés pesos 59/100 Moneda Nacional, derivado de Participaciones y Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM; se impone sanción económica por la cantidad de $10,105.90 diez mil ciento cinco pesos 90/100 Moneda Nacional, equivalente a un cuarto de tanto del daño total causado al Erario del Ayuntamiento de Zongozotla, Puebla, lo que hace un total a restituir de $50,529.49 cincuenta mil quinientos veintinueve pesos 49/100 Moneda Nacional, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del Erario del Ayuntamiento de Zongozotla, Puebla, en términos de los artículos 58 fracción V, 60 y 62 fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, y ----------------b Por las Deficiencias Administrativas provenientes de Participaciones y del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM; que ascienden a la cantidad de $485,867.13 cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos sesenta y siete pesos 13/100 Moneda Nacional se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, en sus artículo 58 fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN TÉRMINO DE 5
AÑOS, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. --------------------------------------------TERCERO. Una vez que quede firme la resolución contenida en el presente Decreto se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, de conformidad al Considerando II de esta resolución, informe a la Auditoría Superior de la Federación, sobre las presuntas irregularidades provenientes de recursos federales, no comprobadas y justificadas por el citado exfuncionario. ------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO. Una vez que quede firme la sanción impuesta en el presente Decreto, sin necesidad de nuevo mandamiento, deberá remitirse copia certificada del mismo a la Secretaría de la Contraloría del Estado de Puebla, para que de conformidad con sus atribuciones, proceda a hacer efectiva la sanción impuesta, y se proceda a inscribir al funcionario público involucrado en el Registro Estatal y Nacional de Inhabilitados de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, para que de acuerdo con sus atribuciones proceda a hacer efectiva la sanción económica impuesta al involucrado de referencia, con fundamento en el artículo 8 del Código Fiscal del Estado de Puebla. --------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO. Notifíquese el presente Decreto al involucrado y al actual Presidente Municipal del Ayuntamiento de Zongozotla, Puebla, para los efectos legales a que haya lugar. -------------------------------------------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo.
En la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los once días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Diputada Presidenta. MARÍA SARA CAMELIA CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica. Diputado Vicepresidente.
CIRILO SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica. Diputado Secretario. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB. Rúbrica. Diputado Secretario. FRANCISCO MOTA QUIROZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los doce días del mes de diciembre de dos mil catorce. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. LUIS MALDONADO VENEGAS. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 08/01/2016 - Segunda Sección

TitrePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaysMexique

Date08/01/2016

Page count68

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