Periódico Oficial de Puebla del día 15/05/2015 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 15 de mayo de 2015

Debió registrar todos los datos de las fichas de obra en el Sistema Contable Gubernamental II con especial atención en el registro de las fianzas de anticipo, cumplimiento y de vicios ocultos, o en el caso de no registrarlas explicar el porqué; de igual forma en caso de que las fichas de obra se encuentren incompletas o sin registrar.
Que si bien, para emitir el Decreto correspondiente, debe considerarse que el C. Justino Guerrero Lillo, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Zacapoaxtla, Puebla, administración 2008-2011, falleció el quince de mayo de dos mil once, y ante tal circunstancia no puede ordenarse se inicie en su contra, el Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades a que hace referencia el artículo 43, fracción I, de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, aplicable conforme a lo dispuesto en los artículos Transitorios Segundo y Cuarto, del Decreto que expide la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 8 de septiembre de 2010, también debe considerarse que la comprobación y justificación de los recursos públicos, es de interés general para toda la sociedad y que en las irregularidades detectadas, podrían existir hechos presuntamente constitutivos de delitos, adicionales a los que en su oportunidad se hubieran podido atribuir al expresidente municipal finado; y por ende, resulta procedente, conforme a lo previsto en el artículo 43, fracciones IV y V, de la Ley del Órgano de Fiscalización referida, que por conducto de la Auditoría Superior del Estado, a través de la unidad administrativa que conforme a su Reglamento Interior corresponda, se presente denuncia por las irregularidades detectadas por el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, precisadas en el presente, para que en su caso, la autoridad ministerial correspondiente, proceda conforme a derecho en contra de quien o quienes pudieran resultar responsables. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 108, último párrafo, 109, fracción II y 116, fracción II, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, 63, fracción II y 64, fracción I, 113, 114, 124 y 125, fracciones I, III y VIII, inciso a, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44, fracción II, 61, fracción I, inciso d, 102, 106, 107, 109, 115, fracción III, 119, 123, fracción XV, 144, fracción II, 152 y 154, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 45, 46, 47, 48, fracción XV, incisos b, c, e i, 57 y 82, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: ------------------------------------------

DECRETA:
ÚNICO. Por las presuntas irregularidades precisadas en el presente Decreto y por los motivos expuestos en el mismo, se autorice que por conducto de la Auditoría Superior del Estado, a través de la unidad administrativa que conforme a su Reglamento Interior corresponda, se presente denuncia por las irregularidades detectadas por el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, de la administración 20082011, del Ayuntamiento de Zacapoaxtla, presidida por el C. Justino Guerrero Lillo finado, precisadas en el presente, para que en su caso, la autoridad ministerial correspondiente, proceda conforme a derecho en contra de quien o quienes pudieran resultar responsables. ---------------------------------------------------------------------------------EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente Disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo.
En la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil quince.
Diputada Presidenta. IRMA PATRICIA LEAL ISLAS. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. IGNACIO MIER
BAÑUELOS. Rúbrica. Diputada Secretaria. MARITZA MARÍN MARCELO. Rúbrica. Diputado Secretario.
PABLO MONTIEL SOLANA. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintidós días del mes de enero de dos mil quince. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. LUIS MALDONADO VENEGAS. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 15/05/2015 - Segunda Sección

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PaysMexique

Date15/05/2015

Page count72

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