Periódico Oficial de Puebla del día 26/12/2019 - Primera Sección
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Source: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección
Jueves 26 de diciembre de 2019
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Primera Sección
31
VALORES CATASTRALES DE CONSTRUCCIÓN POR M2
PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN ATENCO, PUEBLA
H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Atenco 2
Valores catastrales unitarios por m para las construcciónes. Año 2020
Código
Tipo de Construcción
Valor
Código
ANTIGUO HISTÓRICA
01
Tipo de Construcción
Valor
INDUSTRIAL MEDIANA
Es peci al
$
6,715.00
32
Media
$
3,905.00
02
Superi or
$
4,475.00
33
Económi ca
$
3,120.00
03
Medi a
$
3,130.00
INDUSTRIAL LIGERA
ANTIGUO REGIONAL
04
Superi or
$
4,530.00
05
Medi a
$
3,780.00
06
Económica
$
2,645.00
MODERNO REGIONAL
34
Económi ca
$
1,895.00
35
Baja
$
1,440.00
SERVICIOS HOTEL-HOSPITAL
36
Luj o
$
13,395.00
37
Superi or
$
10,305.00
07
Superi or
$
4,885.00
38
Media
$
8,390.00
08
Medi a
$
4,490.00
39
Económi ca
$
5,355.00
09
Económica
$
3,645.00
6,900.00
SERVICIOS EDUCACIÓN
MODERNO HABITACIONAL - TRADICIONAL
40
Superi or
$
10
Lujo
$
8,640.00
41
Media
$
11
Superi or
$
7,205.00
42
Económi ca
$
3,430.00
12
Medi a
$
6,580.00
43
Precari a
$
1,715.00
5,620.00
13
4,740.00
Económica
$
5,010.00
14
Interés Soci al
$
4,445.00
15
Progresi va
$
3,610.00
44
Especi al
$
16
Precari a
$
1,080.00
45
Superi or
$
46
Media
$
3,740.00
47
Económi ca
$
2,280.00
MODERNO HABITACIONAL - PREFABRICADA
17
Interés Soci al
18
SERVICIOS AUDITORIO-GIMNASIO
4,685.00
$
1,800.00
48
Superi or
$
3,950.00
Lujo
$
8,135.00
49
Media
$
2,680.00
19
Superi or
$
6,260.00
50
Económi ca
$
2,220.00
20
Medi a
$
4,990.00
21
Económica
$
4,545.00
22
Progresi va
$
3,510.00
51
Concreto
$
2,255.00
52
Tabi que
$
1,235.00
53
Mampostería Pi edra Braza
$
1,070.00
54
Concreto/Adoquín
$
465.00
55
Asfalto
$
370.00
56
Revesti mi ento
$
275.00
OBRA COMPLEMENTARIA: ALBERCAS
COMERCIAL PLAZA
COMERCIAL ESTACIONAMIENTO
23
$
Superi or
OBRA COMPLEMENTARIA: CISTERNA
4,170.00
24
Medi a
$
3,185.00
25
Económica
$
2,600.00
COMERCIAL OFICINA
26
Lujo
$
9,420.00
27
Superi or
$
7,905.00
OBRA COMPLEMENTARIA: PAVIMENTOS
OBRA COMPLEMENTARIA: LAGUNA DE EVAPORACIÓN
28
Medi a
$
6,620.00
57
Laguna Pri maria si n Di ges tor
$
440.00
29
Económica
$
5,110.00
58
Movimi ento de ti erras con reves ti miento
$
270.00
30
31
Superi or Medi a
$
$
6,835.00
5,170.00
59
60
61
Especi al Tensoes tructura Medio
$
$
2,080.00
1,410.00
Regional
$
1,115.00
62
Económi co
$
975.00
INDUSTRIAL PESADA
OBRA COMPLEMENTARIA: COBERTIZO
Factores de aj uste Estado de conservaci ón Concepto
OBRA COMPLEMENTARIA: BARDAS
Código
Factor
63
Prefabri cadas
$
1,420.00
Bueno
1
1.00
64
Con Acabados
$
1,110.00
Regul ar
2
0.75
65
Sin Acabados
$
580.00
Mal o
3
0.60
Cons ideraci ones General es
Avance de obra Concepto
Código
Factor
Terminada
1
1.00
Ocupada S/Terminar
2
0.80
Obra Negra
3
0.60
Concepto
Código
Factor
1-10 Años
1
1.00
11-20 Años
2
0.80
21-30 Años
3
0.70
31-40 Años
4
0.60
41-50 Años
5
0.55
51-En adel ante
6
0.50
Edad
1. Cuando en la inspección catas tral s e identi fique una construcción que no corresponda con los ti pos indicados en la pres ente tabla, s e asignará un tipo de construcción provisional, s e efectuará el análisis de costos correspondi entes a val ores de reposici ón, y s e utilizará como el valor provisional, en tanto s e i ncluye en es ta tabla.
2. Cuando una construcción tenga avance de obra esté termi nada se podrán aplicar los factores de Es tado de Conservaci ón y Edad, correspondi entes . Si califica como ocupada sin terminar no s e demeri tara por Estado de Cons ervación. Si Cali fica como Obra Negra, no s e demeri tara por Edad. En ni ngún caso el factor resultante podrá s er menor 0.50.
3. En el campo de edad se anotará el año en el que termi nó u ocupó la construcción.
4. Para el caso de las edi ficaciones clasi ficadas como antigua histórica y anti gua regional, no aplicará el deméri to por edad.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y regirá del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, o hasta en tanto entre en vigor el que regirá para el siguiente Ejercicio Fiscal.
EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.
Diputada Presidenta. JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. JUAN PABLO
KURI CARBALLO. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ. Rúbrica. Diputado Secretario. URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA. Rúbrica. Diputada Secretaria. BÁRBARA DIMPNA MORÁN
AÑORVE. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.
El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla. LICENCIADO LUIS MIGUEL
GERÓNIMO BARBOSA HUERTA. Rúbrica. El Secretario de Gobernación. CIUDADANO FERNANDO LUIS
MANZANILLA PRIETO. Rúbrica.